Sentencia nº 115254 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 20 de Febrero de 2019

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2019
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

Autos y Vistos:

Las constancias de este Expediente Nº C-115.254/18, caratulado: “M.P.G.G. c/ Estado Provincial - Instituto Superior de Seguridad Pública - Ministerio de Seguridad”, y

Considerando:

A fs. 110/115 se dictó sentencia acogiendo favorablemente la pretensión de la actora, ordenándose, previa caución juratoria a prestarse por la actora, la suspensión de los efectos de la Resolución Nº 148-ISSP-18 hasta tanto se agote la vía administrativa conforme a los recursos interpuestos por el amparista, y se ordena la inmediata reincorporación del Sr. P.G.G.M. como alumno de la carrera Agente Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública, hasta tanto se encuentre habilitada la vía judicial, bajo apercibimiento de sanciones conminatorias, sin perjuicio de otras medidas que podrá disponer este Tribunal.

A fs. 115 el abogado E.G.T. presta fianza personal para responder a daños y perjuicios que pudiere irrogar la medida solicitada, si la misma resultara improcedente.

A fs. 123 obra oficio Nº 468, dirigido a la Rectora del Instituto Superior de Seguridad Pública, en el cual se ordena la suspensión de los efectos de la Resolución Nº 148-ISSP-18 hasta tanto se agote la vía administrativa conforme a los recursos interpuestos por la amparista, ordenándose la inmediata reincorporación del Sr. P.G.G.M. como alumno de la carrera Agente Policial, hasta tanto se encuentre habilitada la vía judicial, recepcionado en fecha 15/11/18.

A fs. 125 la parte actora denunció el incumplimiento de la referida manda por parte de la demandada, manifestando que le fue comunicado verbalmente que su reincorporación se concretaría recién el mes de abril de 2019.

A fs. 126 se intimó a la demandada, a que en el plazo de 48 horas, informe a este Tribunal si se ha dado cumplimiento con lo ordenado en sentencia firme de fs. 110/115.

A fs. 137 la Rectora del Instituto Superior de Seguridad Pública, en respuesta al oficio Nº 468 (fs. 123), informa que esa Institución dio inmediato cumplimiento a lo impuesto, siendo notificado el Sr. M. el día 09/07/18 para que se incorpore al Instituto, no presentándose el mismo al cursado, tal como lo acompaña con copias certificadas de diligencia de notificación, constancia analítica y planilla de asistencia.

A fs. 141 se confirió vista al actor de la instrumental de fs. 129/136 y lo manifestado a fs. 137.

A fs. 145 el actor contesta la vista conferida, manifestando que el escrito presentado por la Rectora del Instituto Superior de...

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