Sentencia nº 14362 de Superior Tribunal de Justicia, 27 de Septiembre de 2018

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2018
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

(Libro de Acuerdos Nº 3, Fº 745, Nº 222). San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho, los señores jueces de la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, doctores M.S.B., B.E.A. (por habilitación) y F.F.O., bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº LA-14.362/17, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el expediente Nº C-034.579/2014 (Tribunal del Trabajo -Sala II- Vocalía 5): Despido: C.L.M. c/ C.M.Á. “, del cual,

La Dra. B. dijo:

A fs. 46 de autos el Dr. D.A.D., en representación de la parte recurrente pide aclaratoria de la resolución de fecha trece de agosto de dos mil dieciocho, registrada en L.A. Nº 3, Fº 575/576, Nº 172, dictada por esta Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia.

Manifiesta que en la referida resolución no se consideró la vigencia del artículo 18 de la C.N. que recepta el debido proceso y la defensa en juicio, y por ello solicita se subsane por esta vía, la omisión que denuncia.

Del análisis de la resolución objetada no surgen errores materiales que corregir, conceptos oscuros que aclarar ni cuestiones que se hayan omitido considerar para que por ello se habilite el andamiaje del...

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