Sentencia nº 64824 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 14 de Mayo de 2018

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2018
EmisorTribunal del Trabajo Sala I

San Salvador de Jujuy, catorce de mayo de 2018.-

VISTO: este Expte Nº C-064824/16, caratulado “ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: A.J.C. c/ PROVINCIA A.R.T. S.A.”, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 14 de marzo de 2017, se designa como perito médico, al Dr. O. delR.C., a quien en oportunidad de notificarse dicha designación, se hace saber que la presentación del informe pericial debía realizarse dentro de los treinta días de notificado, ello bajo apercibimiento de lo normado por los arts. 83 in fine del C.P.T. y 204 de la L.O.P.J.; así, recibido del cargo en 24 de abril de 2017 -fs. 119vta.- aún no ha dado cumplimiento con ello.

Que cabe poner de resalto que el galeno, en fecha 03 de mayo de 2017,–cuando ya había transcurrido con creces el plazo de treinta días fijado para la presentación del informe pericial- peticiona documentación del actor para llevar adelante la pericia, presentada por el empleador, de la misma se corrió vista al perito el 06 de junio de 2017, el 20 de marzo de 2018 se le hace saber que deberá realizar la pericia con la documentación de autos, el 03 de abril de este año solicita la citación del actor a consultorio para el 24 de abril, concurriendo el actor al consultorio del profesional a tales fines.

Seguidamente, en fecha 02 de mayo, el perito refiere que deben realizarse interconsultas con distintos profesionales y acompaña presupuesto de ellas por la suma de pesos treinta y siete mil quinientos setenta y cinco ($37.575), respecto del mismo, a mas de considerarlo exorbitante, cabe referir que carece de todo tipo de sustento ya que no acompaña presupuesto efectuado por los especialistas que detalla; a lo que cabe agregar que el monto excede ampliamente a los que otros galenos especialistas en medicina del trabajo, designados en las distintas causas que tramitan ante el Tribunal, presentan a los fines de efectuar los informes periciales.

Que del relato de los párrafos precedentes surge, que ha transcurrido ampliamente el plazo de treinta días fijado para la presentación del informe pericial, que una vez revisado el actor, el perito ha acompañando con el último escrito el exorbitante presupuesto antes señalado, lo que nos lleva a concluir que con su accionar contrario a su función de auxiliar de la justicia, el...

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