Sentencia nº 96917 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 13 de Abril de 2018

Fecha de Resolución13 de Abril de 2018
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 13 días del mes de abril del año dos mil dieciocho, reunidos en dependencias de la Sala II del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy los Jueces S.D. y F.R.P., bajo la presidencia del nombrado en primer término, vieron el Expte. Nº C-096.917/2017, caratulado: “Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: M.T., M.Á. c/ Estado Provincial”, el que se encuentra en estado de dictarse sentencia definitiva, debiendo emitir sus respectivos votos en el orden indicado.

Luego de la deliberación, el J.D. dijo:

Que a fojas 9/13 se presenta M.Á.M.T. con el patrocinio letrado del abogado A.D.S., interponiendo demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción en contra del Estado Provincial.

Que al concretar su pretensión, solicita que se revoque el Decreto Nº 4395-MS/17 de fecha 26/07/17 por el que se dispone su exoneración de la Policía de la Provincia y se ordene a la accionada que le conceda el retiro de dicha institución conforme fuera solicitado en el mes de marzo del año 2012.

Que luego de referir al cumplimiento de los requisitos formales, al relatar antecedentes, afirma que ha solicitado su retiro de la institución policial en el mes de marzo del año 2012, luego de haber cumplido veinticinco años de servicios.

Que el 26 de septiembre de 2012 es detenido como responsable de un delito por el que se encuentra privado de la libertad y de modo concomitante se inician actuaciones administrativas (sumario); agrega que esto último no corresponde, pues una vez que el personal policial cumple veinticinco años de servicios debe ser retirado, salvo que se le adeuden licencias o tengan sumarios pendientes.

Que la infracción administrativa que se le imputa es posterior a la tramitación del retiro, por lo que al momento de la detención por el delito que se le imputa ya no pertenecía a la Policía de la Provincia, por lo que la exoneración dispuesta en su contra resulta improcedente.

Que para concluir, agrega que la condena administrativa resulta extrema y sin fundamento, ya que se ha omitido tener en cuenta la tramitación anterior del retiro.

Que en Capítulo aparte solicita medida cautelar, la que es resuelta en el Expediente Nº C-097.249/17, caratulado: “Incidente de Suspensión de los Efectos del Acto Administrativo: M.T.M.Á. c/ Estado Provincial”, siendo ese pronunciamiento consentido por las partes.

Por último, ofrece prueba y peticiona.

Que luego de las alternativas procesales que dan cuenta las constancias de autos y previo dictamen fiscal (fojas 24), dispuse conferir traslado de la acción al Estado Provincial (fojas 25).

Que a fojas 35/41 concurre el abogado F.B. en representación del Estado Provincial contestando la demanda; luego de una negativa general y particular a las que remito por cuestiones de brevedad, afirma que en abril de 2012 se inició el trámite de retiro del actor por haber cumplido el máximo de tiempo requerido para ello.

Que luego de los trámites de rigor, en el mes de junio del año 2014 se requirieron las actuaciones administrativas por las que tramitaba el retiro del actor atento a que se habían iniciado actuaciones sumarias en su contra, derivadas de un expediente judicial en el que se lo imputaba por el delito de abuso sexual con penetración, por lo que se sugirió la suspensión del trámite de retiro.

Que luego de referir el curso dado a las actuaciones administrativas, aduce que después de recibida la comunicación del Tribunal en lo Criminal Nº 3 por la que se hacía saber que al actor se lo había condenado a siete años de prisión como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple y cumplido los pasos legales para asegurarle las garantías del debido proceso, el Gobernador dispuso la sanción de exoneración.

Que en capítulo aparte afirma que la demanda resulta improcedente, ya que...

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