Sentencia nº 52887 de Cuarta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 2 de Febrero de 2018

PonenteFERRER - ABALOS - LEIVA
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2018
EmisorPrimera Circunscripción
MateriaPRINCIPIOS PROCESALES - IMPULSO PROCESAL - BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - EFECTOS - PROCESO PRINCIPAL

CAMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL, C CUARTA>
Expediente salido en lista:06-02-2018 Autos Nº: 52887 a fojas: 109
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Expte: 52.887

Fojas: 109

Mendoza, 2 de Febrero de 2018.

Y VISTOS:

Estos autos Nº 254.212/52.887, caratulados “GALLARDO, H.E. c/ TORRES, W.A. y ots. p/ D. y P.” llamados para resolver a fs. 107; y

CONSIDERANDO:

  1. Que contra la resolución de fojas 85/6 que admite el incidente de caducidad interpuesto a fojas 78 y declara la caducidad de la instancia abierta con la promoción de la demanda, interpone recurso de apelación a fojas 88 el Dr. L.D.Y. por el actor.

  2. En la resolución apelada, la Señora Juez a quo considera que desde el decreto de fs. 77 que tiene por presentados los alegatos de la parte actora de fecha 06/12/16 hasta el incidente de caducidad interpuesto el 26/07/17 ha transcurrido en exceso el plazo establecido por el art. 78 del C.P.C. y que el incidente del beneficio de litigar sin gastos carece de efectos suspensivos sobre el principal.

  3. Al fundar el apelante el remedio jurisdiccional intentado a fojas 94/7, alega que la sentencia impugnada declara la caducidad de instancia con un rigorismo extremo y excesivo por lo que solicita que siendo el instituo de la caducidad un modo anormal de terminación del proceso donde su aplicación es de carácter sumamente restrictivo al resolver se evalúen las características puntuales del caso concreto y se rechace el incidente articulado con expresa imposición de costas a la contraria conforme a las razones que expone a las que se remite en honor a la brevedad.

    Corrido el traslado de la expresión de agravios, el mismo es contestado por el Dr. D.L.M. a fs. 100/2 en representación de la demandada Transportes El Plumerillo S.A., solicitando el rechazo del recurso de apelación por las razones que esgrime a las que se remite.

  4. La caducidad de la instancia es una institución de orden público, que tiende a liberar a los órganos jurisdiccionales de la carga que implica la sustanciación y resolución de los procesos cuando la parte interesada carece, presumiblemente, de interés en su prosecución.

    Deriva ello, de que el fundamento objetivo del instituto, es la inactividad por un lapso variable, cuando no responde a disposiciones legales o a causas no imputables a los litigantes; y dicha caducidad es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de tales litigantes, siempre que se encuentren en el deber de instar el adelanto...

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