Sentencia nº 89857 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 14 de Febrero de 2018

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2018
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

//SALVADOR DE JUJUY, 14 de febrero de 2018.-

AUTOS Y VISTOS: Expediente Nº C-089857/17, caratulado: “DIVISION DE CONDOMINIO: DE LUCA, M.L. C/ JEREZ, S.M.; A., S.S.; A., V.R.”, y

RESULTA:

A fojas 113/113 vta. se presenta Convenio y se solicita su homologación.-

CONSIDERANDO:

Que las partes han arribado a un acuerdotransaccional en los términos de los artículos 1641, 1643 C.C. Y C.N. y 121 del Código Procesal Civil, por lo que corresponde tener presente el mismo conforme Doctrina Legal del Superior Tribunal de Justicia, expresada en los autos Nº 5023/95:"Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº A-54.116/91-Sala II Cámara en lo Civil y Comercial: M.T. y otros c/ Empresa Regam".-

Asimismo, por Secretaría procédase a protocolizar el convenio celebrado conjuntamente con la presente y para lo cual la actora en CINCO DIAS, deberá acompañar dos copias.-

Por lo expuesto, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 en el Expte. Nº C-089857/17

RESUELVE:

I.-Tener por presentada a la Sra. S.M.J., por sí y en representación de su hija menor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR