Sentencia nº 249217 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 26 de Abril de 2017
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2017 |
Emisor | Tribunal en lo Contencioso Administrativo |
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 26 días del mes de abril del año dos mil diecisiete, reunidos en dependencias de la Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy, los Dres. R.A.F. y D.J.C., bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el expediente Nº B-249.217/11, caratulado: “Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: F.O.A. c/ Tribunal de Cuentas - Estado Provincial”, debiendo los Sres. Jueces emitir sus respectivos votos en el orden indicado.
Luego de la deliberación, la Dra. F. dijo:
Que en lo que aquí resulta relevante, a fojas 16/21 se presenta el Sr. O.A.F., con el patrocinio letrado del Dr. S.M.V., e interpone demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción en contra del Estado Provincial.
Pretende concretamente se revoque la Resolución Nº 842-SI/2010, por arbitraria; con costas.
Dice de la competencia del Tribunal, y al reseñar los antecedentes, refiere que mediante Resolución Nº 1063-SI/2009 el Tribunal de Cuentas de la Provincia inicia el procedimiento administrativo de determinación de responsabilidad, por presuntas irregularidades en el procedimiento de licitación privada Nº 6/2007, para la adquisición de una máquina embozadora de credenciales y compra de plásticos (tarjetas magnéticas).
Conforme dictamen de Fiscalía Letrada, la Sala I del Tribunal de Cuentas, le imputa responsabilidad por presuntas irregularidades en el proceso licitatorio, y en el particular caso del actor por haber suscripto cheques con los cuales se abonan los productos recibidos.
Que por Resolución Nº 842-SI/2010 se imputa cargos por la suma de $ 12.797,02, y luego del planteo de los recursos pertinentes en la vía administrativa, la vía judicial se encuentra expedita.
Da fundamentos a los que remito por razones de brevedad; ofrece pruebas; peticiona.
Integrado el Tribunal, y previo dictamen del Ministerio Público Fiscal (fojas 26), se confiere traslado al Estado Provincial (fojas 27), para presentarse a fojas 35/44 en su nombre, el Dr. G.A.T., conforme copia juramentada de Decreto de designación obrante a fojas 28, con el patrocinio letrado de la Dra. M.B.T., oponiéndose al progreso de la presente acción. Con imposición de costas a la actora.
Que en Capítulo III opone excepción previa, la que fuera oportunamente resuelta por este Tribunal en su anterior integración, conforme fallo que luce a fojas 58/59.
Que en Capítulo IV señala que mediante Resolución Nº 1063-SI/2009 la Sala I del Tribunal de Cuentas instaura el Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidad, en contra de los Sres. O.F., J.H.G. y L.H.U., en el carácter de Vocal 1º, J. del Departamento Finanzas y Gerente Administrativo del Instituto de Seguros de Jujuy, respectivamente.
Que los nombrados formularon...
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