Sentencia nº 70769 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 6 de Abril de 2017

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS:

El presente Expte. N° C-070769/16, caratulado

SUCESORIO AB-INTESTATO de GARZON GABRIEL JOSE

;

RESULTA:

Que, a fs. 17/18 se presentan los SRES. ALICIA

ANTONIA PADILLA, DNI Nº 22.127.081; E.M.G.,

DNI Nº 41.042.138; E.G., DNI Nº 38.656.363 y

G.D.R.G., DNI Nº 37.632.875; con el

patrocinio letrado del DR. M.A.B., solicitando

la apertura de la Sucesión del SR. G.J.G., DNI

Nº 17.396.280, fallecido en fecha 10 de Enero del año 2.016

en San Salvador de Jujuy, D.. Dr. M.B. de la

Provincia de Jujuy, República Argentina.-

Que, a fs. 19 se declara abierta la presente sucesión

y se ordena publicar edictos y librar los oficios

pertinentes.-

Que, a fs 24/26 y 30/33 se agregan los edictos

publicados en el Boletín Oficial y diario “El Tribuno”.-

Que, a fs. 27/29 y 37/38 se agregan los oficios

debidamente diligenciados e informados, de la Dirección Pcial

de Inmuebles y del Registro de Actos de Última Voluntad del

Colegio de Escribanos de la Pcia de Jujuy.-

Que, a fs. 35 se fija fecha de audiencia, prevista por el

Art. 437 de código Procesal Civil de la Provincia, la que se

lleva a cabo a fs. 44, compareciendo a la misma los Sres.

A.A.P., DNI Nº 22.127.081; Gabriela del

Rosario Garzón, DNI Nº 37.632.875; E.G., DNI Nº

38.656.363 y E.M.G., DNI Nº 41.042.138 y el

Dr. M.Á.B..-

Que, corrida vista al Ministerio Público Fiscal, a fs. 46

dictamina que puede dictarse Sentencia de Declaratoria de

Herederos en autos.-

Y,

CONSIDERANDO:

Que, con el acta de defunción de fs. 4 se acredita el

fallecimiento del SR. G.J.G., DNI Nº 17.396.280,

ocurrido el día 10 de Enero del 2.016 en la Ciudad de San

Salvador de Jujuy, D.. Dr. M.B. de la Provincia

de Jujuy, República Argentina.-

Que, con las partidas de nacimiento obrantes a fs. 5,

6 y 7, se acredita el vínculo de paterno-filial de ENZO

MAXIMILIANO GARZON, E.G. y GABRIELA DEL ROSARIO

GARZON.-

Que, con el acta de matrimonio obrante a fs. 8 se acredita

el vínculo conyugal de la Sra. A.A. PADILLA con el

causante.-

Que, se ha cumplimentado con los requisitos

estatuidos por los Arts. 435 y 436 del CPC;

Que, a mérito de ello y lo dispuesto por los Arts.

2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil Y Comercial de la

Nación y lo establecido por el Art. 438 del C.P.C;

El Juzgado de Primera Instancia Civil Y Comercial N°

4;

RESUELVE:

  1. Declarar que por el fallecimiento del SR.

    G.J.G., casado, DNI Nº 17.396.280, ocurrido el

    día 10 de Enero del 2.016 en la Ciudad de San Salvador de

    Jujuy, D.. Dr. M.B. de la Provincia de Jujuy,

    ...

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