Sentencia nº 70769 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 6 de Abril de 2017
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8 |
AUTOS Y VISTOS:
El presente Expte. N° C-070769/16, caratulado
SUCESORIO AB-INTESTATO de GARZON GABRIEL JOSE
;
RESULTA:
Que, a fs. 17/18 se presentan los SRES. ALICIA
ANTONIA PADILLA, DNI Nº 22.127.081; E.M.G.,
DNI Nº 41.042.138; E.G., DNI Nº 38.656.363 y
G.D.R.G., DNI Nº 37.632.875; con el
patrocinio letrado del DR. M.A.B., solicitando
la apertura de la Sucesión del SR. G.J.G., DNI
Nº 17.396.280, fallecido en fecha 10 de Enero del año 2.016
en San Salvador de Jujuy, D.. Dr. M.B. de la
Provincia de Jujuy, República Argentina.-
Que, a fs. 19 se declara abierta la presente sucesión
y se ordena publicar edictos y librar los oficios
pertinentes.-
Que, a fs 24/26 y 30/33 se agregan los edictos
publicados en el Boletín Oficial y diario “El Tribuno”.-
Que, a fs. 27/29 y 37/38 se agregan los oficios
debidamente diligenciados e informados, de la Dirección Pcial
de Inmuebles y del Registro de Actos de Última Voluntad del
Colegio de Escribanos de la Pcia de Jujuy.-
Que, a fs. 35 se fija fecha de audiencia, prevista por el
Art. 437 de código Procesal Civil de la Provincia, la que se
lleva a cabo a fs. 44, compareciendo a la misma los Sres.
A.A.P., DNI Nº 22.127.081; Gabriela del
Rosario Garzón, DNI Nº 37.632.875; E.G., DNI Nº
38.656.363 y E.M.G., DNI Nº 41.042.138 y el
Dr. M.Á.B..-
Que, corrida vista al Ministerio Público Fiscal, a fs. 46
dictamina que puede dictarse Sentencia de Declaratoria de
Herederos en autos.-
Y,
CONSIDERANDO:
Que, con el acta de defunción de fs. 4 se acredita el
fallecimiento del SR. G.J.G., DNI Nº 17.396.280,
ocurrido el día 10 de Enero del 2.016 en la Ciudad de San
Salvador de Jujuy, D.. Dr. M.B. de la Provincia
de Jujuy, República Argentina.-
Que, con las partidas de nacimiento obrantes a fs. 5,
6 y 7, se acredita el vínculo de paterno-filial de ENZO
MAXIMILIANO GARZON, E.G. y GABRIELA DEL ROSARIO
GARZON.-
Que, con el acta de matrimonio obrante a fs. 8 se acredita
el vínculo conyugal de la Sra. A.A. PADILLA con el
causante.-
Que, se ha cumplimentado con los requisitos
estatuidos por los Arts. 435 y 436 del CPC;
Que, a mérito de ello y lo dispuesto por los Arts.
2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil Y Comercial de la
Nación y lo establecido por el Art. 438 del C.P.C;
El Juzgado de Primera Instancia Civil Y Comercial N°
4;
RESUELVE:
-
Declarar que por el fallecimiento del SR.
G.J.G., casado, DNI Nº 17.396.280, ocurrido el
día 10 de Enero del 2.016 en la Ciudad de San Salvador de
Jujuy, D.. Dr. M.B. de la Provincia de Jujuy,
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