Sentencia nº 206605 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 7 de Noviembre de 2017
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Tribunal del Trabajo Sala I |
.
AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-206605/09
caratulado: DESPIDO: AZAR, Z.R.C./ SUPERMERCADO
COMODIN y otro”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 576 la Dra. S.F., interpone aclaratoria
de la sentencia de fecha 15/09/2017 manifestando que se
omitió determinar la fecha a partir de la cual deben
liquidarse los intereses y la tasa que debe aplicarse.
Asimismo solicita la regulación de sus honorarios
profesionales correspondientes a los expedientes Nº B-
206605/12 (Inc.1) caratulado: INCIDENTE DE EXHIBICIÓN DE
DOCUMENTOS: Z., RAQUEL AZAR C/ ALBERDI S.A. y Nº C-
032421/14 caratulado: CAUTELAR: ASEGURAMIENTO DE BIENES:
AZAR, Z.R. C/ ALBERDI S.A.
Que, tal como afirma la peticionante en la sentencia de
marras se incurrió en una omisión respecto de la fecha desde
la que se liquidarán los intereses, por lo que corresponde
aclarar que los mismos se calcularán desde el día 05 de
Agosto de 2017 y hasta el efectivo pago; ello porque conforme
surge del el informe presentado por la perito contadora
C.P.N.I. (fs. 557 in fine), los intereses se encuentran
calculados hasta el día 4 de Agosto de 2017. En relación a
que tasa se aplicará, deberá estarse a los considerandos de
la sentencia de fecha 15/09/2017 (fs. 570 vta.).
Que asimismo, habiéndose dictado sentencia de fijación
de monto de condena corresponde en esta oportunidad regular
los honorarios profesionales correspondientes a los
mencionados expedientes.
Por lo que se regulan los mismos, para la Dra. Sonia
Farfán en las sumas de pesos tres mil novecientos noventa y
ocho ($ 3.998,00) y para la Dra. E.S.S. en la de
pesos dos mil setecientos noventa y ocho ($ 2.798,00), por la
labor desarrollada en el expediente Nº B-206605/12 (Inc.1)
caratulado: INCIDENTE DE EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: Z.,
RAQUEL AZAR C/ ALBERDI S.A. agregado por cuerda, ello por
aplicación del art. 26 de la Ley de Aranceles.
Que en relación al Expte. C-032421/14 caratulado:
CAUTELAR: ASEGURAMIENTO DE BIENES: AZAR, ZULEMA RAQUEL C/
ALBERDI S.A. también agregado por cuerda, a fs. 5/6 del mismo
se presenta la Dra. S.F. en representación de la Sra.
Z.A., interponiendo medida cautelar de aseguramiento
de bienes.
Que a fs. 7 se ordena trabar embargo sobre un bien
inmueble de propiedad de la demandada, medida que se hace
efectiva a fs. 11; por lo que corresponde también, se regulen
los honorarios por la labor desarrollada en dicho expediente
en la suma de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS CON
SETENTA CENTAVOS ($ 13.326,70), teniendo en cuenta el
...Para continuar leyendo
Solicita tu prueba