Sentencia nº 84240 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 8 de Noviembre de 2017
Fecha de Resolución | 8 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5 |
SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 DE NOVIEMBRE DE
2017.
AUTOS Y VISTOS:
Los de este Expte. Nº C-084240/17, caratulado “INFORMACIÓN
SUMARIA POR RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO: COPA
CONDORÍ, G.”, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 15 se presenta la Dra. ClaudiaCecilia Sadir,
Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y
representación de la Sra. G.C., a mérito de
la Carta Poder que rola agregada a fs. 2, promoviendo la
presente Información Sumaria.
Que al relatar los hechos, la promotora de autos manifiesta
que en el acta de Nacimiento de las hijas de sus mandantes
, R.M.C. Copa e Ivana Marisol Cruz Copa (fs. 11 y
12), se consignó como D.N.I. de la madre el número que
corresponde a su Cédulas de Identidad boliviana.
Que, habiendo obtenido la promotora de autos la nacionalidad
argentina con posterioridad al nacimiento, le fue otorgado el
números de D.N.I 95.378.364 que en copia certificada rola a
fs. 4, por lo que solicitan se adicione el mismo al acta de
nacimiento de su hija.
Que, corrida vista mediante oficio ley al Registro del Estado
Civil y la Capacidad de la Provincia de Neuquen y a la
Defensora de Niñas, Niñas y Adolescentes e Incapaces, éstos
se expiden favorablemente a fs. 28 y 30, respectivamente.
Que, finalmente, conferida vista al Ministerio Publico
Fiscal, emite dictamen favorable a fs. 32.-
Que, por todo ello, y atento a lo prescripto por elart. 33,
ley 26.413 y ccs. y arts. 417 y ss. del C.P.C., el Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de la
Provincia de Jujuy,
RESUELVE:
-
Hacer lugar a la presente información Sumaria y, en
consecuencia, ordenar la rectificación de las actas de
nacimiento de R.M.C.C., D.N.I. 50.554.560,
acta Nº...
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