Sentencia nº 93262 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 29 de Noviembre de 2017

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

SAN SALVADOR DE JUJUY; NOVIEMBRE 29 DE 2017

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº C-093262/17 caratulado:

EJECUTIVO: CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL DE ABOGADOS

Y PROCURADORES DE JUJUY (CAPSAP) C/ IZQUIERDO MARTIN JUAN

JOSE

,

RESULTA:

Que a fs. 10/11vta. se presenta el Dr. JORGE

EUSEBIO GARCIA, en nombre y representación de la Caja de

Asistencia y Previsión Social para Abogados y Procuradores de

Jujuy (CAPSAP), conforme copia debidamente juramentada del

Poder General, que en copia certificada se incorpora a fs.

2/3 de autos, a promover Juicio Ejecutivo en contra del Dr.

M.J.J.I. DNI 28.646.153, por la suma de

PESOS SEIS MIL TRECIENTOS CINCUENTA CON TREINTA Y SEIS

CENTAVOS ($6.350,36), la cual surge de la pertinente

certificación de duda obrante a fs. 4 de autos (Art. 24 ley

4764) y del estado de Deuda que rola agregado a fs. 9,

comprensivo de los periodos 3 de 2016 a 5 de 2017.-

Para dar andamiaje a su pretensión sostiene que “

la demandada no ha ingresado los aportes exigidos…situación

esta que llevo a mi representada a mi representada a emitir

el certificado de deuda que se adjunta a la presente,

resultando el mismo título ejecutivo hábil…

. Más adelante

manifiesta que previo a promover esta ejecución se intimó a

la accionada el pago de la deuda reclamada en autos mediante

Carta Documento (E2357102), remitida con fecha 15 de Junio de

2017. A fs. 5/6 incorpora la mencionada Carta Documento y su

acuse de recibo. –

Cita Derecho, ofrece y produce pruebas y

finalmente solicita, se dicte sentencia mandado llevar

adelante la ejecución por capital, intereses legales y

costas. -

A fs. 64/64vta. obra mandamiento de pago,

embargo y remate, el que no puede ser notificado por

encontrarse cerrado el domicilio (2 oportunidades) y

finalmente porque se informa que el deudor no reside allí.

Sin embargo y habiéndose presentado el demandado y opuesto

excepciones a fs. 60/61 según informe actuarial de fs. 69, de

forma espontánea, se lo tiene por presentado y por planteada

excepción. -

A fs. 60/61, se presenta el demandado a

oponer al progreso de la presente acción, Excepción de Pago

Total. Para sustentar la mentada defensa sostiene que

mediante recibo N° 004-0010098 (obrante a fs.51) y las

respectivas estampillas de aportes, (obrantes a fs. 31/39) el

día 6 de junio de 2017, abono en concepto de aportes la Suma

de Pesos Doce Mil Seiscientos Treinta y Nueve con Veintiún

Centavos ($12.639,21)

… porlo tanto la deuda no sólo se

encontraba íntegramente abonada previo a la emisión del

título ejecutivo, sino que poseía saldo a favor…

. Asimismo,

desconoce la recepción de la carta documento, remitida por la

actora con fecha 15 de Junio de 2017.-

Cita jurisprudencia relativa al pago, produce

y aporta pruebas para solicitar finalmente se admita

excepción planteada rechazando la ejecución con costas a la

actora. –

A fs. 72/73obra informe emitido por las

Auditor Interno y la Secretaria de la Actora, del cual se

desprende:

…se puede constatar que en fecha 6 de junio de

2017 el Sr. Izquierdo abonó estampillas por un total de

$12.369,21…

para sostener luego que: ”La falta de imputación

de estas estampillas a la fecha del título ejecutivo del 14

de junio de 2016 obedece al procedimiento administrativo que

posee actualmente CAPSAP

.-

A fs. 74/77 obra Estado de cuenta del Afiliado del

cual surge que el demandado al 31 de agosto del corriente año

posee un saldo a favor de Pesos Nueve Mil Trescientos

Cuarenta y Ocho ($9.348). -

A fs. 78/ 86 la actora contesta el traslado de la

excepción planteada centrándose, en la notificación mediante

la mentada carta documento (E2357102), manifestando que la

...

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