Sentencia nº 125526 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II de Provincia de Jujuy, de 29 de Noviembre de 2017

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2017
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala II

/////En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los días 29 del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete, reunidos los Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, D.M. delH.S., E.M. y J.D.A., vieron el Expte. Nº B-125.526/04: “Prescripción Adquisitiva de Inmueble: C., Rosa c/ Club Cuyaya” (IV Cuerpos) y B-146939/05 caratulado: “Incidente de Beneficio de Justicia Gratuita: C.R.A.” y luego de deliberar,

La Dra. M. delH.S. dijo:

Comparece la Dra. M. del P.M. entonces Defensora Oficial de Pobres y Ausentes en nombre y representación de la Sra. R.A.C., a mérito de la copia de Carta Poder que adjunta a fs. 1 y promueve demanda ordinaria por adquisición de dominio por usucapión en contra de Club Atlético Cuyaya.

Desarrolla un capítulo sobre la legitimación activa y pasiva. Pretende acceder a la propiedad del inmueble individualizado como Lote 186 Fracción 1 Padrón A-18590 ubicado en calle J. de la Iglesia N°2145 del Barrio Cuyaya, Provincia de Jujuy, conforme al plano aprobado por Resolución de la Dirección de Inmuebles N° 960170 del 24-07-1996. El mismo tiene una superficie de 693,51 metros cuadrados.

Relata que los padres de la promotora se asentaron en el mismo alrededor del año 1945, que la Sra. Rosa nació allí y luego del fallecimiento de sus progenitores continuó ejerciendo la posesión del inmueble, se ocupó de pagar todos los impuestos, los que registran titularidad del Sr. A.C. (padre). Ofrece pruebas, pide se le conceda el beneficio de justicia gratuita y se haga lugar a la demanda con costas a la contraria.

A fs. 98/100 comparece la Dra. S.T.M.D. Oficial de Pobres y Ausentes amplía demanda y pide se corra traslado de la misma. Expresa que el padre de la actora junto con la misma ejercieron actos posesorios por un periodo mayor a los cincuenta años, cercaron el terreno, delimitaron la fracción y construyeron y edificaron una vivienda la que resulta el asiento de su actual familia.

Expresan que pretenden prescribir una fracción del terrero individualizado como L.N.° 844, según plano de mensura aprobado por la Dirección General de Inmuebles bajo la resolución N° 9601700 de fecha 24 de Julio del año 1996, aclara que este nuevo lote es parte del original individualizado como Lote 186 Fracción 1 Padrón A-18590, Circunscripción 1 -Sección 18, con M.A.-20660-18590. El nuevo lote N° 844, colinda al N.O. con remanente del mismo lote original 186- fracción 1 y mide una longitud de 20.00 m., al N.E. también con remanente del mismo lote original N° 186- Fracción 1 y mide 31,80 m.; al S.E, con la calle prolongación J. de la Iglesia y mide 20,81m. Y finalmente del lado S.O. También colinda con remanente del lote origen N° 186-fracción 1 y mide una longitud de 37,55 m. Encierra todo el nuevo lote N° 844 una superficie de 693,51 metros cuadrados conforme surge del informe del ingeniero E.C..

Agrega, que toda la vida familiar de la actora se desarrolló en ese lugar, donde convivió con su primer marido Sr. M.G.L. luego fallecido, según denuncia y con quien tuvo dos hijos L.M. y M.N.G.. Que luego contrajo nuevas nupcias con el Sr. E.M. en el año 1979 de cuya unión nacieron tres hijos C.E., A.L. y G.R.M.. Que con la indemnización por infortunio laboral percibida en el Expte. N° A-1087/84, caratulado: C. de M., R.A. c/ Cartelone, J.C.C.S.A.” radicado en el Tribunal del Trabajo Sala 1, la actora procedió a la construcción y edificación de la casa cuyo estado actual presenta y describe con instrumentos que acompaña. En definitiva que hasta la actualidad tuvo una posesión pública, pacífica e ininterrumpida unida a la que ejerció su padre. Alude a los presupuestos de la prescripción adquisitiva, cita derecho y ofrece pruebas.

  1. Corrido el traslado de ley, (fs. 101) la Dra. M. pide el cese de su intervención por la participación de la Dra. I.L. a quien le fueran ratificadas sus actuaciones (fs. 114). Comparece el Sr. S., V.H. en el carácter de Presidente del Club Atlético Cuyaya, conforme fotocopia certificada del Libro de Actas N°2 con el patrocinio letrado del Dr. H.O.C.M., contesta demanda solicitando el rechazo de la misma con expresa imposición de...

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