Sentencia nº 31212 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 10 de Noviembre de 2017

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2017
EmisorTribunal del Trabajo Sala I

San Salvador de Jujuy, diez de Noviembre de 2017.-

VISTO:

Este Expediente Nº C-031.212/14, caratulado: “Laboral por

Cobro de Indemnizaciones: GONZALES ARIADNA VANESA LUDMILA c/

SOSA VICTOR RAUL”, y,

RESULTA:

  1. A fs. 132 se presenta el D.A.A.L.,

    solicitando regulación de honorarios por su actuación

    profesional en los presentes obrados y en el Expediente Nº C-

    058.295/16 caratulado: “Cautelar de Aseguramiento de Bienes:

    A.V.L.G. c/ V.R.S.”; y,

    CONSIDERANDO:

  2. Teniendo en cuenta el monto del acuerdo que celebraran

    las partes, la calidad en la que ha actuado, el mérito de sus

    defensa y las etapas cumplidas, todo según lo previsto por

    los Arts. 3º, 6º, 8º, 18º cctes. de la Ley 1687, corresponde

    fijar los estipendios profesionales de los Doctores Doctor

    ARIEL ALFONSO LACSIy ARIEL LEON RUIZ en la suma de PESOS

    VEINTIUN MIL TRESCIENTOS ($ 21.300,00) y PESOS DIECISIES MIL

    ($ 16.000,00) para cada uno de ellos respectivamente con más

    IVA de correspondery los que deberán incrementarse en caso de

    mora hasta el efectivo pago, según Doctrina Legal del

    Superior Tribunal de Justicia (Libro de Acuerdo Nº 54 Fº

    673/678 Nº 235), a la Tasa Activa cartera general (préstamos)

    nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación

    Argentina. Por Secretaría déjese constancia en el

    ExpedienteNº C-058.295/16 caratulado: “Cautelar de

    Aseguramiento de Bienes: A.V.L.G. c/

    V.R.S.” que los honorarios del letrado actuante en

    dichas actuaciones, se encuentran regulados en la sentencia

    dictada en los presentes obrados

    Por ello la Sala Primera del Tribunal del Trabajo de la

    Provincia de Jujuy,

    RESUELVE:

    I) Regular los honorarios profesionales los Doctores Doctor

    ARIEL ALFONSO LACSIy ARIEL LEON RUIZ en la suma de PESOS

    VEINTIUN MIL TRESCIENTOS ($ 21.300,00) y PESOS DIECISIES...

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