Sentencia nº 11833 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15, 31 de Julio de 2017
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15 |
S.P. de Jujuy, 31 de
Julio de 2017.-
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. N° D-011833/157
caratulado: “INFORMACIÓN SUMARIA PARA ACREDITAR CONCUBINATO
SOLICITADA POR LUIS NELSON PALOMO Y GRACIELA PATRICIA
ROMERO”, del que:
RESULTA:
Que a fs. 11 se presenta el Sr. L.N.P. y
la Sra. G.P.R., con el patrocinio letrado
del Dr. R.R.V., y en tal carácter promueven
Información Sumaria para acreditar que viven en público,
pacífico y continuo concubinato hace 15 años aproximadamente
hasta la fecha, según consta en el Certificado de Residencia
y Convivencia de fs. 5, que de dicha unión convivencial nació
una hija, tal se acredita con Acta de Nacimiento agregada a
fs. 42 .-
De las pruebas surgen a fs. 18 y 19, declaración testimonial
de dos testigos, en los que se afirma dicha unión. A fs.
51/55, se agrega Informe Socio Ambiental, emitido por la Lic.
P.A., en el que la misma que observa grupo familiar
y considera que debería acreditarse la convivencia entre los
solicitantes.-
A fs. 64, se agrega dictamen emitido por la representante del
Ministerio Público Fiscal, Dra. G.Y., con opinión
favorable al dictado de la Sentencia correspondiente a la
Unión Convivencial.-
Ofrece pruebas, cita derecho y peticiona.-
Y CONSIDERANDO:
La procedencia de la demanda, hecho
acreditado merced a la producción de la totalidad de las
pruebas ofrecidas en apoyo a dicha pretensión y que rolan
agregadas en autos, con especial referencia: al Acta de
Nacimiento de fs. 42; al Certificado de Convivencia y
Residencia de fs. 5; a fs, 51/55, se agrega Informe Socio-
Ambiental; y al dictamen emitido por el Ministerio Público
Fiscal obrante a fs. 64.-
Así, analizadas las pruebas incorporadas conforme lo dispone
el art. 16 del CPC, resultan coincidencias en cuanto a las
circunstancias de tiempo y lugar que de ellas resultan,
llevando de esta manera a formar convicción en el proveyente
respecto de los hechos expuestos en el escrito inicial.
Que, no puede dejarse de lado considerar el tipo de proceso
por el cual se ha tramitado esta causa, siéndole...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba