Sentencia nº 73738 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 12 de Julio de 2017
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2017 |
Emisor | Tribunal del Trabajo Sala I |
.
AUTOS Y VISTOS:
Los de este Expte. Nº C-073738/16 caratulado:
DIFERENCIAS SALARIALES: GUTIERRES, J. A. C. ,
CARLITOS AL TOQUE y otros”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 45 la Dra. T.B.R.,
interpone aclaratoria de la sentencia de fecha 30/06/2017 a
fin de que se aclare cual es la categoría que se consideró
para determinar su salario. Asimismo manifiesta que se ha
omitido regular los honorarios correspondientes al incidente
de nulidad que fueran diferidos para el momento de dictarse
la sentencia definitiva.-
En relación a lo solicitado en primer término se
aclara que se ha encuadrado al actor en la categoría Nº 6
cocinero del Convenio Colectivo Nº 389/04.-
Respecto de la regulación de honorarios
correspondientes al incidente de nulidad agregado por cuerda,
asistiéndole razón a la letrada; y siendo que en fecha 20 de
abril de 2017 se dicta sentencia en dicho incidente y se
difiere la regulación de honorarios hasta tanto se dicte la
sentencia definitiva, por lo que habiéndose cumplido la
condición dispuesta, corresponde efectuar la regulación de
honorarios correspondiente al expediente Nº C-087001/17
caratulado: INCIDENTE DE NULIDAD
CADIMA, ESTELA C/ GUTIERRES, J.A., agregado por
cuerda al presente.-
Por lo que corresponde, regular los mismos, para los
Dres. T.B.R. y R.N.T. en las
sumas de PESOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON CINCO
CENTAVOS ($ 1.753,05) y PESOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE
CON CATORCE CENTAVOS ($ 1.227,14) respectivamente, por la
labor desarrollada en el incidente mencionado, ello por
aplicación de del art. 26 de la Ley de Aranceles. Dichas
sumas se encuentran vigentes a la fecha, por lo que sólo en
caso de mora llevarán intereses a Tasa Activa conforme
doctrina del S.T.J. en “Z.S.Z. c/A.,
Y. y otro”; con más IVA si correspondiere.
Por lo expuesto la SALA I DEL TRIBUNAL DEL
TRABAJO DE LA PROVINCIA DE JUJUY;
R E S U E L V E:
-
Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta por
la Dra. T.B.R., de acuerdo a lo expresado en
los considerandos.-
-
Regular los honorarios...
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