Sentencia nº 24864 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 15 de Junio de 2017
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14 |
AUTOS Y VISTOS
:
el presente Expte. Nº
C-024864/14
caratulado
: "SUCESORIO AB INTESATATO DE JUAN de DIOS VARGAS.-"
del que:
.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.
R E S U L T A
:
A fs.21/23, se presenta la Dra.SALOMÉ DE LAS
M.A., en nombre y representación del señor CARLOS
RUBÉN VARGAS, promoviendo Juicio Sucesorio de JUAN de DIOS
VARGAS.-
A fs 2/3, Obra escritura nº 27 – CESIÓN GRATUITA DE
DERECHOS Y ACCIONES HEREDITARIAS OTORGADA POR TEODOSIA CRUZ A
FAVOR DE C.R.V..-
A fs.13, obra fotocopia certificada de Acta
de defunción de JUAN de DIOS VARGAS, acaecida en San Salvador
de Jujuy - Dpto Dr M.B. -P. de Jujuy, el 22 de
Septiembre de 1990.-
A fs.44, se presenta la Dra. SALOMÉ DE LAS MERECEDES
APAZA, en nombre y representación de la señora teodosia cruz.-
Abierto el juicio sucesorio y luego de los ritos de
rigor a fs 62/vta se declara como único y universal heredero
a su hijo
C.R.V.,
sin perjuicio de
los derechos que le corresponden a la contrayente
TEODOSIA
CRUZ,
como Socia de la Sociedad Conyugal, a quienes se les
reconoce la posesión de la herencia.- (Arts. 2424 y 2426 del
C.C. y C.N.).-
A fs 67/68 rola Inventario y Avalúo del bien que
componen el acervo hereditario de la presente sucesión, el
que es aprobado a fs.77.-
Que corresponde regular los honorarios de la Dra
SALOME DE LAS MERECEDES APAZA de conformidad a lo dispuesto
por los art 6,10, 16 y concordantes de la ley de ////
////aranceles, en la suma de
$
15.601,60
.-
; y la suma de
$
585,06
.-
, como perito I.A. y partidor,
sumas vigentes a la fecha por lo que en caso de mora
devengaran interés conforme Tasa Activa (conforme S.T.J.,
L.A. nº54 nº 235 inre/”Z.,S.Z. c/A., Yolada
y otros.-“), con más I.V.A. si correspondiere.-
Que atento constancias de autos, previo cumplimiento
de las etapas procesales pertinentes, corresponde sobreseer
la presente causa.-
Por todo ello, el Juzgado:
R E S U E L V E
:
I.-
Sobreseer el presente Juicio Sucesorio de
JUAN de
DIOS VARGAS
, a favor de la heredera declarada en autos, su
hijo
C.R.V.
y la cónyuge supérstite señora
TEODOSIA CRUZ
.-
II.-
Tener presente la Escritura nº 27 – CESIÓN
GRATUITA DE DERECHOS Y ACCIONES HEREDITARIAS OTORGADA POR
TEODOSIA CRUZ A FAVOR DE C.R.V..-
III.-
Adjudicando al señor C.R.V.
:
–argentino; DNI Nº16.186.465; CUIL/CUIT 20-16186465-0; casado
en primera nupcias con la señora PETRONA GUTIERREZ;
domiciliado en calle El Cañaveral nº 171 Bº Los Perales de
San Salvador de Jujuy-Dpto Dr.Manuel Belgrano-Prov. de
Jujuy; el 100% bien...
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