Sentencia nº 64482 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 15 de Junio de 2017

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

SAN SALVADOR DE JUJUY, Junio 15 de 2017.-

AUTOS Y VISTOS

: el presente Expte. Nº

C-064482/16

,

caratulado:

"INFORMACIÓN SUMARIA POR RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

DE DEFUNCIÓN: LUZCUBIR, MARÍA.-"

, del que

C O N S I D E R A N D O

:

A fs.6/7 se presenta la

Dra. MARÍA

EUGENIA BURGOS

, en

nombre y representación de la señora

MARÍA LUSCUBIR

, por

quien solicita Personería de Urgencia

,

promoviendo

Información Sumaria para lograr la Rectificación del

Certificado de Defunción del señor

E.H.S.,

consignando correctamente el Estado Civil “soltero” y el

domicilio en “calle R.R. nº 120 Bº San Pedrito de

San Salvador de Jujuy” del fallecido.-

Ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la

rectificación del Certificado de Defunción, luego del trámite

de rigor.-

A fs.13, obra fotocopia certificada de Partida de

Defunción de

E.H.S.

, fallecido en San Salvador de

Jujuy – Dpto. Dr.Manuel B.P. de Jujuy, el 16 de

Junio de 2014.-

A fs.28, toma participación la DIRECCION GENERAL DEL

REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS DE LA PROVINCIA DE

JUJUY.-

A fs 36, obra informe emitido por el

RENAPER.-

A fs.41, emite dictamen el Ministerio Público

Fiscal.-

A fs 42, se ordena la Recaratulación de la causa,

como:"INFORMACIÓN SUMARIA POR RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE

DEFUNCIÓN: LUZCUBIR, MARÍA.-"

Que, de conformidad con lo dispuesto por los art.16,

17, 417, ss y cc. del C.P.C. la suscripto es de opinión que

nada obsta hacer lugar a la acción planteada y en/

///consecuencia, hacer lugar a la Rectificación de la Partida

de Defunción de

E.H.S.

, fallecido en San Salvador

de Jujuy – Dpto. Dr.Manuel B.P. de Jujuy, el 16 de

Junio de 2014, I. en Acta 18.333 – Tomo 51 Folio 072 –

Año 2014.-

Por último, corresponde regular los honorarios

profesionales de la letrada interviniente, teniendo presente

el carácter en el que actuó de conformidad a L.A. Nº 19,

Fº182/184 nº 96, en la suma de $ 2.333,34.-,suma que solo en

caso de mora llevar intereses conforme tasa Activa(conforme

S.T.J., L.A. nº54 nº 235 inre/”Z.,S.Z. c/A.,

Yolada y otros.-“), con más I.V.A. si

correspondiere.-

Por los motivos apuntados el Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil y Comercial número siete,

R E S U E L V E

:

  1. )

    Hacer lugar a la presente

    INFORMACION SUMARIA

    ,

    promovida y en consecuencia ordenar Rectificación la Partida

    de Defunción de

    E.H.S.

    , fallecido en San Salvador

    de Jujuy – Dpto. Dr.Manuel B.P. de Jujuy, el 16 de

    Junio de 2014, I. en Acta 18.333 – Tomo 51 Folio 072 –

    Año 2014, debiendo consignar...

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