Sentencia nº 64482 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 15 de Junio de 2017
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14 |
SAN SALVADOR DE JUJUY, Junio 15 de 2017.-
AUTOS Y VISTOS
: el presente Expte. Nº
C-064482/16
,
caratulado:
"INFORMACIÓN SUMARIA POR RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
DE DEFUNCIÓN: LUZCUBIR, MARÍA.-"
, del que
C O N S I D E R A N D O
:
A fs.6/7 se presenta la
Dra. MARÍA
EUGENIA BURGOS
, en
nombre y representación de la señora
MARÍA LUSCUBIR
, por
quien solicita Personería de Urgencia
,
promoviendo
Información Sumaria para lograr la Rectificación del
Certificado de Defunción del señor
E.H.S.,
consignando correctamente el Estado Civil “soltero” y el
domicilio en “calle R.R. nº 120 Bº San Pedrito de
San Salvador de Jujuy” del fallecido.-
Ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la
rectificación del Certificado de Defunción, luego del trámite
de rigor.-
A fs.13, obra fotocopia certificada de Partida de
Defunción de
E.H.S.
, fallecido en San Salvador de
Jujuy – Dpto. Dr.Manuel B.P. de Jujuy, el 16 de
Junio de 2014.-
A fs.28, toma participación la DIRECCION GENERAL DEL
REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS DE LA PROVINCIA DE
JUJUY.-
A fs 36, obra informe emitido por el
RENAPER.-
A fs.41, emite dictamen el Ministerio Público
Fiscal.-
A fs 42, se ordena la Recaratulación de la causa,
como:"INFORMACIÓN SUMARIA POR RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE
DEFUNCIÓN: LUZCUBIR, MARÍA.-"
Que, de conformidad con lo dispuesto por los art.16,
17, 417, ss y cc. del C.P.C. la suscripto es de opinión que
nada obsta hacer lugar a la acción planteada y en/
///consecuencia, hacer lugar a la Rectificación de la Partida
de Defunción de
E.H.S.
, fallecido en San Salvador
de Jujuy – Dpto. Dr.Manuel B.P. de Jujuy, el 16 de
Junio de 2014, I. en Acta 18.333 – Tomo 51 Folio 072 –
Año 2014.-
Por último, corresponde regular los honorarios
profesionales de la letrada interviniente, teniendo presente
el carácter en el que actuó de conformidad a L.A. Nº 19,
Fº182/184 nº 96, en la suma de $ 2.333,34.-,suma que solo en
caso de mora llevar intereses conforme tasa Activa(conforme
S.T.J., L.A. nº54 nº 235 inre/”Z.,S.Z. c/A.,
Yolada y otros.-“), con más I.V.A. si
correspondiere.-
Por los motivos apuntados el Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial número siete,
R E S U E L V E
:
-
)
Hacer lugar a la presente
INFORMACION SUMARIA
,
promovida y en consecuencia ordenar Rectificación la Partida
de Defunción de
E.H.S.
, fallecido en San Salvador
de Jujuy – Dpto. Dr.Manuel B.P. de Jujuy, el 16 de
Junio de 2014, I. en Acta 18.333 – Tomo 51 Folio 072 –
Año 2014, debiendo consignar...
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