Sentencia nº 211462 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 13 de Junio de 2017
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7 |
VISTO:
El presente Expte. B-211462/09, caratulado:” SUCESORIO:
FLORES DE URSAGASTE, E.” de los que,
RESULTA:
Que, a fs. 193 comparece la Dra. E.A.A.
acompañando el informe emitido por el Registro Inmobiliario y
solicitando se expida nuevo testimonio de hijuelas ingresado
en dicho organismo en fecha 14 de octubre de 2016 bajo Nº de
orden 14841, registrado provisoriamente en virtud e haberse
realizado las siguientes observaciones rn Testimonio: 1º
respecto del inmueble MATRICULA A-15895, se deben consignar
los límites correctos : N.E : lote 19-hoy parcela 8 .- N.O.:
lote – hoy parcela 27.- S.E.: calle – H.G.T. .-
S.O: lote 21 , hoy parcela 10 y 2º las fojas del testimonio
deben estar ligadas y foliadas con la firma y sello del
actuante s/DTR 7/98.- En Testimonio y rogación : 1º según
antecedente Apellido correcto del titular de Dominio:
URZAGASTE , P., por lo que se solicita corregir o
rectificar según corresponda, asimismo apellido de casada de
la causante y el de los herederos declarados y 2º aclarar la
situación de J.D.J.U. por cuanto no surge
como Heredero declarado.- entre testimonio y rogación,
difiere la “caratula”, corregir según corresponda, y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 125, corre agregada ficha parcelaria del
inmueble MATRICULA A- 15895-12421, de donde surge que los
limites del bien son: N.E: lote 19-hoy parcela 8.- N.O.: lote
– hoy parcela 27.- S.E.: calle – H.G.T..- S.O:
lote 21, hoy parcela 10.
Que, conforme Escritura Nº 123, de fecha 20/4/1961, pasada
por ante el E.J.A.M. titular del
Registro Nº10, que en fotocopia corre agregada a fs. 11/13,
surge que el Sr. P.A. VENDE, CEDE Y TRANSFIERE A
FAVOR DE DON PASCUAL URSAGASTE un inmueble que se
individualiza como LOTE Nº 20- PADRÓN A-12421.
Que, conforme surge de la ficha Parcelaria de fs. 125
conforme ASIENTO 1- DOMINIO: el Titular es URZAGASTE Pascual
arg. cas en 1ras nup. c/Esther F.E.P.N. de
fha.20/IV/61-Esc. J.A.M. … Vende: P.A..
Que, conforme surge de la anotación marginal de fecha
16/6/1967 del Acta de matrimonio obrante a fs. 4/5 se
determina que el verdadero nombre y apellido del contrayente
es “PASCUAL URSAGASTE”
Que, conforme surge de la marginal del acta de defunción
de fs. 24 “por Resolución Nº1598 de fecha 25.09.00 se
establece que el apellido marital de la extinta, el apellido
de la declarante y por ende el del esposo de la registrada
deberán figurar en lo sucesivo como “URSAGASTE” “URSAGASTE” y
URSAGASTE
respectivamente.
Que, a fs. 7 y 8 corren agregadas actas de...
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