Sentencia nº 15219 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 22 de Junio de 2017
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18 |
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. Nº D-015219/16, C.:
Ejecutivo: R.C.D. c/ A.A.
.-,
de tramite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Nº 9 Secretaria Nº 18, del Centro Judicial
S.P., del que;
RESULTA:
Que a fs. 9/10 se presenta V.R.M. procurador
con el patrocinio letrado del Dr. E.M.T. en
nombre y representación de R.C.D. a merito
del Poder General para Juicios fs. 5/6, a ejecutar la suma de
pesos Seis Mil Doscientos ($6.200.-) en concepto de capital
en contra de A.A., exponiendo que la suma demandada
lo es en virtud de un pagaré, cláusula sin protesto, no
abonado por la accionada a su vencimiento. Solicita además
embargo preventivo, intereses, y costas. Invoca derecho, y
peticiona.
Y CONSIDERANDO:
Que, presentada la demanda se ha despachado mandamiento de
intimación de pago, citación de remate (fs 11), y se
comisiona para el cumplimiento de la diligencia por el Sr.
Oficial de Justicia.-
Que, citada de remate en legal forma la parte demandada (
fs.12/13) éste no se presentó a oponer excepciones legítimas
dentro del plazo que se fijara y que se encuentra vencido,
por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento
decretado oportunamente, mandando llevar adelante la presente
ejecución con imposición de costas a la demanda vencida.
Cabe no obstante diferir regulación de honorarios, hasta la
etapa de ejecución.
Que, en virtud de expresado y lo dispuesto por el art. 17 de
CPC, es que;
RESUELVO:
I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en
contra de la demandada Sra. A.A., y hasta hacerse el
acreedor integro pago del capital reclamado de pesos Seis Mil
Doscientos ($ 6.200) con más sus intereses legales
computándose a tal efecto la tasa de interés activa promedio
que...
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