Sentencia nº 15666 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 12 de Junio de 2017

Fecha de Resolución12 de Junio de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

AUTOS Y VISTOS:Los del presente expte. Nº D-15666/16,

caratulado: “Información Sumaria por Rectificación de Partida

de Matrimonio Solicitada por Rojas Amancio Espifanio” que se

tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y

Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17, del que:

RESULTA:Que a fs. 8/9 se presenta el Sr. ROJAS AMANCIO

ESPIFANIO DNI Nº M 8.225.763, en ejercicio de sus propios

derechos, con el patrocinio letrado DR. R.M.S.,

por constituido domicilio legal y por parte; promoviendo

Información Sumaria a fin de que se rectifique su acta de

matrimonio, inscripta mediante Acta Nº 4.219 De los libros

del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de

Libertador General San Martín, Provincia de Jujuy.-

De la exposición de hechos resulta que en su Acta de

Matrimonio se consignó de forma errónea el segundo nombre del

solicitante en donde dice incorrectamente “EPIFANIO” debe

consignarse correctamente “ESPIFANIO” (Correcto).-

Ofrece prueba, invoca derecho y peticiona.-

Y CONSIDERANDO:1.- Que, se ha tramitado la causa conforme a

derecho, por la vía dispuesta por los arts. 417 y cctes. Del

CPC. Que es aplicable al caso lo dispuesto por la Ley 26.413.-

2- Que, al merituar sobre la prueba producida en autos

resulta que, evaluada la totalidad de ella de conformidad al

principio establecido por el art. 16 del CPC, cabe hacerse

especial mención a la que rola a fs.2/3/4/5/14 y 24.-

3- Que, al analizarse las pruebas, se observa a fs. 02 copia

de DNI de R.A.E., a fs, 03/04 Acta de

Matrimonio, a fs. 05 copia simple Oficio Sentencia de

Divorcio de fecha 05 de mayo de 2.011, a fs Acta de

nacimiento de R.A.E., a fs.24 copia

certificada de DNI de R.A.E..-

4- Que, a fs. 21 intervino el Registro de Estado Civil y

Capacidad de las Personas de la Provincia de Jujuy.-

5- Que, el representante del Ministerio Público Fiscal se ha

expresado a fs. 29.-

6- Por lo expresado en estos considerandos y lo dispuesto por

el art. 17 del CPCP, es que;

RESUELVO:I.- Hacer...

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