Sentencia nº 14003 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 7 de Agosto de 2017
Fecha de Resolución | 7 de Agosto de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16 |
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº D-014003/2016,
caratulado: “Apremio: Estado Provincial – Policía de la
Provincia de Jujuy c/ G.N.” del cual;
RESULTA: Que a fs. 16/17 se presenta el Dr. Guillermo Ariel
Ahrendts en nombre y representación del Estado Provincial –
Policía de la Provincia de Jujuy, promoviendo juicio de
A. en contra de la Sra. N.G., procurando el
cobro de la suma de Pesos UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,ºº) en
concepto de capital, con más intereses y costas. Invoca
derecho, y peticiona.
Manifiesta que la deuda surge de la resolución Nº 444-DEL/14,
actuaciones administrativas Expte. Nº 900-G-2014. Dicha
resolución impuso una multa a la demandada, la que se
encuentra firme y consentida, por infracción al Art. 11 Ley
3548/78.-
Que librado el pertinente mandamiento de requerimiento de
pago, embargo, constitución de domicilio legal y citación de
remate, diligenciado el mismo a fs. 24/25 la demandada no
compareció a estar en juicio.-
Que a fs. 26 la Dra. A.A. solicita se dicte
sentencia.-
Y CONSIDERANDO:
-
- Que, en el caso son aplicables los artículos 485, 489 y
cctes. del CPC.-
-
- Que citada en legal forma de remate la parte demandada,
esta no se presento a oponer excepciones legitimas dentro del
plazo que se fijara, el que se encuentra vencido, por lo que
le corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado
oportunamente.-
-
- En cuanto a las costas, corresponde aplicarlas al
demandado vencido (art. 102 del C.P.C.).
-
- Con respecto a los intereses los mismos serán fijados
judicialmente, siguiendo el criterio observado por el S.T.J.
en la causa: “INDEMNIZACION…: ZAMUDIO, S.Z.C.A.,
Y. y otros”.- L.A. 54 Fº 673/678 Nº235. En consecuencia,
corresponde aplicar al capital reclamado por la Actora en la
demanda, el interés a la Tasa Activa que el Banco de la
Nación Argentina cobra mensualmente para sus operaciones de
descuento, desde la mora y hasta el efectivo pago.-
Por todo ello, es que el Juzgado;
RESUELVE:
-
Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en
contra de la Sra. N.G., DNI Nº 26.908.082, hasta
hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado de
PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,ºº). Dicho monto devengara
desde la mora del deudor hasta su efectivo pago, un interés
...
-
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