Sentencia nº 48731 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 15 de Agosto de 2017
Fecha de Resolución | 15 de Agosto de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11 |
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº C-48731/15,
caratulado: “EJECUCION PRENDARIA: VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO
PARA FINES DETERMINADOS c/ BALDERRAMA, M.A." del que
RESULTA:
Que, a fs. 12/13 se presenta el Dr. J.P.M., en
nombre y representación de VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA
FINES DETERMINADOS, promoviendo Ejecución Prendaria por la
suma de PESOS CUARENTA MIL CINCUENTA Y SEIS CON TREINTA Y
CINCO CENTAVOS ($40.056,35), en contra del Sr.MIGUEL ANGEL
BALDERRAMA, con mas la suma que resulte de liquidar el ajuste
pactado en el contrato de prenda, intereses y costas.
Que, la deuda reclamada se encuentra instrumentada en un
Contrato de Prenda con Registro firmado en abril de 2012 el
que en fotocopia certificada agrega a fs.10/11 y la
Certificación Contable que rola a fs. 7/8.
Que a fs. 16 y vta, se ordena el secuestrosobre el bien
prendado y se dispone requerir de pago al demandado, conforme
lo dispuesto en el Art. 472 y ss. del C.P.C..
Que a fs.44, se acredita que se hizo efectivo el secuestro
del vehículo prendado y la notificación al demandado en
persona Sr. M.A.B., y
CONSIDERANDO:
Que pese haber sido debidamente notificado de remate, el
demandado no ha opuesto excepciones legitimas alguna que
obsten al progreso de la acción deducida, por lo que
encontrándose vencido el término para hacerlo y de
conformidad a lo peticionado y al Informe Actuarial que
antecede, corresponde dictar sentencia sin más trámite,
haciendo lugar a la ejecución pretendida.
Que respecto al ajuste pactado en el contrato de prenda, e
intereses peticionados por el promotor de autos en su escrito
de demanda, siendo que oportunamente se corrió traslado de
esta pretensión, corresponde expedirse sobre los mismos,
adelantando desde ya opinión favorable a su procedencia, y
ello así por las razones de hecho y de derecho que a
continuación expongo.
Que avocada a analizar el contrato presentado como base de
esta demanda, se desprende que la relación que vinculó a las
partes fue en torno a la modalidad del plan de ahorro para
fines determinados, contrato por el cual un sujeto denominado
suscriptor paga una cantidad de dinero en cuotas anticipadas
contra la entrega de un bien (en el caso automotor), la que
tendrá lugar en el futuro una vez cumplidas las condiciones
de adjudicación pactadas, de sorteo o licitación (cfr.
L., R.L. “Tratado de los Contratos”, T.1 Ed.
Rubinzal-Culzoni, Santa Fe 2007, pág. 747 y ss.).
Que la actora “VOLKSWAGEN S.A. de ahorro para fines
determinados”...
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