Sentencia nº 280700 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 15 de Agosto de 2017
Fecha de Resolución | 15 de Agosto de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11 |
AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-280700/2012,
caratulado: "SUCESORIO AB INTESTATO: LOPEZ, V.O.",
a fin de resolver sobre el pedido del sobreseimiento de este
proceso y la expedición de las correspondientes hijuelas, y
CONSIDERANDO:
Que en autos se ha dictado Declaratoria de Herederos, la
cual rola a fs. 52/53, se ha practicado el Inventario y
Avalúo de los Bienes de la Sucesión, el que obra agregado a
fs. 84/85 con la rectificación de fs. 90, encontrándose el
mismo aprobado según constancias de fs. 94.-
Que se ha remitido la causa a la Dirección Provincial de
Rentas, dando cuenta el Director a fs. 129, que se ha
cancelado la tasa de justicia adeudada, correspondiendo
continuar el trámite.
Que por ello, y de conformidad a lo dispuesto por los
arts. 2424, 2433, 2426, siguientes y concordantes del
C.C.C.N. y arts. 446 y 450 del Código Procesal Civil, este
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6,
Secretaría Nº 11, de la Provincia de Jujuy,
RESUELVE:
I.-S. el presente Juicio Sucesorio de VICTOR
ORLANDO LOPEZ, a favor de los herederos declarados en autos.
-
Adjudicar a los herederos declarados en autos,
V.O.L., argentino, soltero, DNI Nº 34.192.750,
C.U.I.L. 20-34192750-2, y FRANCO A.L., argentino,
soltero, D.N.I. Nº 35.933.259, C.U.I.L. Nº 23-35933259-2,
ambos domiciliados en calle M.L. 54 s/n, Sector B5
del Barrio Alto Comedero de esta ciudad de San Salvador de
Jujuy, Provincia de Jujuy, 1) el automotor individualizado
como Marca Fiat, Dominio KOK527, Modelo Siena Essence 1.6 16v
B Sedan 4 puertas, Año 2011, en las proporciones de las 1/2
avas partes para cada uno de ellos, que le corresponde al
causante el 100% por compraventa. 2) y el dinero en efectivo
depositado en autos, que asciende a la suma de pesos mil
trescientos diecinueve ($1.319,00) en concepto de pago de
viáticos del causante efectuado por la Dirección de Control
Agropecuario, Industria y Comercio.-
-
Regular los honorarios profesionales del Dr.
C.A.A. en la suma de PESOS CATORCE MIL
SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($14.688.-), monto éste obtenido
teniendo en cuenta las etapas cumplidas, la valuación
efectuada a fs. 84/85 de autos, su intervención como
apoderado en el doble carácter, de conformidad a lo
dispuesto por los Arts. 16, 4, 2, 10 y concordantes de la Ley
Nº 1.687, y como P.I., Avaluador y Partidor
en la suma de PESOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ($1.765,-
), la que fuera fijada teniendo en cuenta los porcentajes
establecidos en la última parte del...
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