Sentencia nº 88703 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 15 de Agosto de 2017
Fecha de Resolución | 15 de Agosto de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5 |
.
AUTOS Y VISTOS: Los de éste Expe. Nº C-088.703/17 caratulado:
EJECUCION PARCIAL DE SENTENCIA: Z., M.E.;Z.,
S.P.;Z., M.E.C., C.A.
,
del que;
RESULTA:
Que, a fs. 15/16 se presenta la Dra. MARIA ELENA ZARIF DE
MASSACCESI por derecho propio y en nombre y representación de
las coherederas M.E.Z. y S.P.Z.,
en mérito a la copia juramentada de las Escrituras de Poder
General para Juicios que acompaña, y promueve demanda de
ejecución de planilla de liquidación obrante en el Expte. Nº
C-049.114/15 caratulado: “Incidente de Rendición de Cuentas
en el Expte. Nº B-236.916/12: S.T.: N.
de Z., Dyamila”, en contra del Sr. C.A.Z.,
persiguiendo el cobro de la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS C/39/100 ($31.956,39).
Expresa que la suma que se ejecuta surge de la planilla de
liquidación que se encuentra firme y consentida y que fue
aprobada en fecha 17 de Marzo del corriente año, y
corresponde a los gastos generados por los pagos de servicios
e impuestos del inmueble del acervo sucesorio.
Que, debidamente intimado de pago el accionado, a fs. 2930 se
presenta el Dr. E.G.I. en nombre y
representación del Sr. C.A.Z., en mérito a la
instrumental que acompaña, y opone la Excepción de Nulidad de
la Ejecución.
Que, a fs. 31 se corre traslado de la excepción opuesta a la
parte actora.
Que, a fs. 32/33 el Dr. E.G.I. da cuenta de
depósito judicial por la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS C/39/100 ($31.956,39), importe
que es depositado en la cuenta abierta en la causa principal.
Que, a fs. 34 se corre vista del depósito efectuado a la
actora.
Que, a fs. 37 la Dra. M.E.Z.D.M.
contesta el traslado conferido solicitando su rechazo.
Que, a fs. 40 se declara la cuestión como de puro derecho y
se llama autos para sentencia.
Que, a fs. 43 la Dra. M.E.Z.D.M.
solicita se liberen los fondos depositados a favor de la
parte actora.
Que, a fs. 44 se dispone librar los fondos depositados en el
Expte. N° C-049.114/15 caratulado: “Incidente de Rendición de
Cuentas en el Expte. Nº B-236.916/12: Sucesorio
Testamentario: N. de Z., Dyamila” a favor de la Dra.
M.E.Z.D.M.. Y;
CONSIDERANDO:
Que, tal como surge del relato de los hechos, la parte
actora por medio de la presente acción persigue el cobro del
monto resultante de la planilla de liquidación practicada en
el Expte. N° C-049.114/15 caratulado: “Incidente de Rendición
de Cuentas en el Expte. Nº B-236.916/12: Sucesorio
Testamentario: N. de Z., Dyamila”, la que se encuentra
firme y...
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