Sentencia nº 192811 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 24 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

AUTOS Y VISTOS

: el presente Expte. Nº

B-192811/08

,

caratulado:

"SUCESORIO AB INTESTATO: VILTE, POLONIA.-“

, del

que

- - - -

C O N S I D E R A N D O

:

I.-

A fs. 263/vta, se Amplia la resolución de fs

136/137, declarando herederos de

Polonia Vilte

por derecho de

representación de

O.E.R.

, a sus hijas:

Carina

Paola Chavez, G.V.C. y Silvina Analía

Chavez

.-

Habiéndose deslizado una omisión en la resolución, a

fs 297/vta, se rectifica el punto II de la misma declarando

herederos a sus hijas:

C.P.C., Gabriela

Verónica Chavez y S.A.C.,

y el cónyuge

supérstite

C.A.C..-

II.-

A fs. 276/277, se practican Operaciones de

Partición, omitiendo la proporción del señor Carlos Abel

Chavez, siendo aprobadas al punto I de la sentencia de fs.

286/287.-

III.-

A fs. 286/287, al punto II se dicta Sentencia

Sobreseyendo el Sucesorio de

POLONIA VILTE

, a favor de los

herederos declarados en autos, sus hijos:

MERCEDES

RODRIGUEZ; AMELIA VILTE y S.F.V.

, y por derecho de

representación de su padre premuerto

T.A.R.

:

S.D.R. y O.E.R.

y por

fallecimiento de

O.E.R.

, sus hijas

CARINA

PAOLA CHAVEZ; G.V.C. y SILVINA ANALIA

CHAVEZ.

Habiendo incurrido en una omisión al no consignar al

señor C.A.C. como cónyuge supérstite de Olga

Esther Chavez.-//////

////////

IV.-

A fs. 306/307, se practican nuevas Operaciones

de Partición; las que son puestas a observación de partes a

fs 308, no siendo Observadas, encontrándose firmes a la

fecha.-

V.-

A fs. 312, se presentan los Dres OSCAR A. AON y

JULIO A.P.D.F., solicitan Aprobación de

Operaciones de Partición y Ampliación de Sobreseimiento.-

Advirtiendo que le asiste razón, conforme

constancias de fs 297/vta y 306/307, corresponde rectificar

los mismos.-

Por los motivos apuntados el Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil y Comercial número siete

R E S U E L V E

:

  1. )

    Rectificar en el párrafo 6º y 7º(última parte)

    del Considerando y punto I y II del Resolutorio de la

    sentencia de fecha 24 de Febrero de 2016, obrante a fs

    286/287, los que quedarán redactados de la siguiente manera:”

    a)

    A fojas 263 se amplia declaratoria de herederos dictada en

    autos por derecho de representación de la Sra

    OLGA

    ESTHER

    RODRIGUEZ

    (fallecida),rectificada a fs 297/vta, a favor de sus

    hijas

    C.P.C.; G.V.C. y SILVINA

    ANALIA CHAVEZ,

    y el cónyuge supérstiteCarlos A.C..-

    b)

    ...... en las proporciones establecidas en las

    Operaciones de Partición que corren agregadas a fs 306/307.-

    I.-

    Aprobar en todas sus partes en cuanto por derecho

    hubiere lugar y sin perjuicio de...

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