Sentencia nº 83661 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 20 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS:

Los de este Expte. Nº B-83661/02, caratulado:

"SUCESORIO AB INTESTATO: B.T.F.", a

fin de resolver sobre el pedido del sobreseimiento de este

proceso y la expedición de las correspondientes hijuelas, y

CONSIDERANDO:

Que en autos se ha dictado Declaratoria de Herederos,

la cual rola a fs. 190/191, se ha practicado el Inventario y

Avalúo de los Bienes de la Sucesión, el que obra agregado a

fs. 201/202, encontrándose el mismo aprobado según

constancias de fs. 208.-

Que se ha remitido la causa a la Dirección Provincial

de Rentas, solicitando el Director a fs. 212 que se intime a

reponer la tasa de justicia, y cumplimentada tal

requisitoria, a fs. 229 da cuenta el Director que se ha

procedido a cancelar lo adeudado en tal concepto, prestando

conformidad a la continuación del trámite.-

Que, a fs. 236/237 vta., rola la Escritura Pública Nº

80 de fecha 01 de Marzo de 2011 que instrumenta la Cesión

onerosa de los derechos y acciones hereditarios que le

corresponden y/o pudieren corresponder al Sr. Ismael

Baldiviezo Tejerina a favor de la cesionaria Sra. Aide

Graciela Castellón.-

Que por ello, y de conformidad a lo dispuesto por los

arts. 2424, 2433, 2426, siguientes y concordantes del

C.C.C.N. y arts. 446 y 450 del Código Procesal Civil, este

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6,

Secretaría Nº 11, de la Provincia de Jujuy

RESUELVE:

  1. Sobreseer el presente Juicio Sucesorio de don

    FLORENCIO BELDIVIEZO TEJERINA, a favor del heredero declarado

    en autos.-

  2. Adjudicar en el carácter de cesionaria del presente

    sucesorio a la Sra. A.G.C., argentina,

    D.N.I. Nº 12.618.568, CUIL Nº 27-12618568-0, divorciada,

    domiciliada en calle Panamá Nº 267 del B.M.M.

    de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr.

    M.B., Provincia de Jujuy, en la proporción del

    100% del inmueble individualizado como Matrícula A-28249, con

    N.C.C.. uno, Sección Doce, Manzana

    quince, Parcela Uno, Padrón A-21787, ubicado en Barrio Alto

    Gorriti, de San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel

    Belgrano de la Provincia de Jujuy, que le corresponde al

    causante por compraventa efectuada por E.P. Nº 478 de fecha

    03/VIII/1965, Esc. Ads. G.. M.L.S. –C.. Nº 2017, Pres.

    7/XI/65, Vende: Estado Provincial.-

  3. Regular los honorarios de las profesionales

    intervinientes, D.. L.M.C., S.R.A.

    y H.M.S. en las sumas de PESOS MIL CIENTO SESENTA

    Y SEIS ($1.166), PESOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS ($1.166,-) y

    PESOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS ($1.166,-), respectivamente,

    montos...

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