Sentencia nº 18245 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 30 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

AUTOS Y VISTOS: Los del presente expte. Nº A-18245/03, caratulado: “S. ab intestato de L.E.W. y de Aguilera Clara Luisa”, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 17, del que;

Y CONSIDERANDO: Que a fs. 210 se presenta la Dra. A.Z., quien lo hace en nombre y representación de Clara Elizabel Lazarte (heredera declarada) a mérito de la personería conferida. En tal carácter solicita la nulidad en subsidio impugna inventario y avaluo, respecto del inventario y avaluo presentado a fs. 202, concretamente solicita la nulidad manifestando que los escritos deben ser firmados por quien lo suscribe en consonancia con el art. 288 del CCCN, en subsidio impugna inventario y avaluo sosteniendo que el valor es irreal , que es publico y notorio que en el mercado inmobiliario el valor es mucho mas elevado, que violenta el derecho de propiedad de su mandantes y solicita retasa conforme art. 2344 del CCCN.-

Corrido el correspondiente traslado al Dr. E.A., el mismo se presenta a fs. 216, como perito inventariador y avaluador. Contesta vista y solicita el rechazo in limine de la impugnación planteada,

Por lo que corresponde resolver, que la operación de inventario y avaluo fue realizado por el perito designado en autos,. Así, del cotejo de la documentación incorporada en estos obrados las operaciones de inventario y avaluo tiene el respaldo documental de la cédula parcelaria de la Dirección Provincial de Inmuebles, que en referencia al avalúo presentado, por aplicación del art. 445 CPC, bastará la valuación fiscal para el pago de la contribución territorial. De la lectura de la nota a ese artículo resulta claro que el codificador (CPC de la Provincia de Jujuy, op. citado, pág. 223), al existir un valor oficial asignado remite a éste. No deja dudas la redacción...

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