Sentencia nº 51520 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 18 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2017
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

AUTOS Y VISTOS: el expediente número C- 051520/15, caratulado: “N., A.M. de Luján c/Martínez Ferrari adoración y otro s/cautelar-aseguramiento de bienes” de los que,

RESULTA:

Que en el día de la fecha el apoderado de la actora solicitó se efectúe regulación de sus honorarios por la labor cumplida en el presente incidente.

CONSIDERANDO:

Que conforme estado de la causa corresponde hacer lugar a lo peticionado y en consecuencia y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 18, 26, 6 10 y concordantes de la Ley de Aranceles -tomando como monto de juicio aquel por el que prosperó la demanda principal- corresponde estimar los honorarios del Dr. C.S. Espada en la suma de $3.969, suma estimada a la fecha y que hasta su efectivo pago devengará intereses a tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales.

Se aclara que para efectuar la...

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