Sentencia nº 87413 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 3 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº C-087413/17,

caratulado: EJECUTIVO “ CABEZAS MIRTA SUSANA C/ALBISETTI

NORBERTO RICARDO ”, del que

RESULTA:

Que, a fs. 07/09 se presenta el Dr. J.A.C.,

promoviendo juicio ejecutivo en contra del Sr. NORBERTO

RICARDO ALBISETTI, por cobro de la suma de PESOS VEINTIDOS

MIL QUINIENTOS ($22.500), con más los intereses legales y

costas del juicio.-

Que, la deuda reclamada se encuentra instrumentada en un

cheque de pago diferido, el que según y, refiere el término

para su pago se encuentra vencido.-

Que, a fs. 10 se lo tiene por presentado, se ordena el

embargo preventivo del inmueble mencionado en el referido

proveído el que se efectiviza según constancias de fs. 44.

Que luego de ello se intima al accionado de pago y se lo cito

para oponer excepciones legítimas si las tuviere, medida que

se realiza según constancia de fs. 23.-

Que, a fs. 18 se presenta la Dra. G.P. de

  1. recusando sin expresión de causa, haciéndolo

nuevamente a fs. 19, e invocando normativa legal

correspondiente.-

Que a fs. 20 se la tiene por presentada a la mencionada

letrada y se acepta la recusación sin causa, y se remite la

causa a M. General de Entradas para su correspondiente

sorteo y redistribución, realizándose la misma a fs. 21;

quedando radicados en esta Secretaría Nº 12.-

Que a fs. 28 se presenta el Dr. H.M. como

apoderado del demandado; solicitando suspensión de términos y

franqueo de los presentes obrados; adjuntando a fs. 34

aportes legales y boleta de depósito por la suma de

$28.594,62.-

Que a fs. 35 se lo tiene por presentado al Dr. M.,

suspendiéndole los plazos al mismo, franqueándose los

presentes obrados como se pide; asimismo se le corre vista

del depósito a la actora por el término de CINCO DIAS;

nuevamente se presenta el letrado a fs. 38 manifestando el

pago, solicitando regulación de honorarios y el

levantamiento del embargo realizado oportunamente.-

Que, a fs. 39 la actora solicita suspensión de términos,

proveyendo el mismo a fs. 40 no haciendo lugar a la

suspensión solicitada y franqueándose los mismos al Dr.

C.J. por el término de CINCO DIAS; nuevamente se

presenta a fs. 46 solicitando orden de pago; y advirtiendo

que no se ha dictado la correspondiente sentencia, pasan los

mismos a despacho a fin de confeccionar la misma, y

CONSIDERANDO:

Que, planteada la cuestión como se relata

precedentemente, estimo que la actitud asumida por la

demandada en definitiva implica un tácito allanamiento a las

pretensiones del...

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