Sentencia nº 18249 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 12 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº D- 18249/17, caratulado “Sumario por Reducción de Cuota Alimentaria: LOPEZ, A.G. c/A., L.C.”, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17, del que;

RESULTA: Que a fs. 8 se presenta el Sr. A.G.L. con el patrocinio letrado de la Dra. L.J.M., personería que luego acredita mediante Carta Poder que adjunta a fs 13, e inicia juicio sumario por reducción de cuota alimentaria en contra de la Sra. L.C.A. DNI 22.821.404, invocando que han desaparecido las causales necesarias para la configuración de su deber alimentario, en virtud de la extinción del vínculo matrimonial.-

Que a fs 10 se corre traslado de la demanda, siendo debidamente notificada la demandada en persona, conforme surge de fs 14 y vta, razón por la cual y atento lo solicitado por el actor, se decreta decaído el derecho a contestar demanda; se declara la cuestión como de puro derecho, y se llaman autos para alegatos por las partes por el plazo de ley, ordenándose que una vez agregados los mismos o fenecido el término concedido, pasen autos para sentencia.-

Que, la presente causa se halla en estado de resolver.-

Y CONSIDERANDO: 1). Que a fs 10 se ordena agregar por cuerda a los presentes autos el Expte Nº A-26402/05 caratulado “SUMARISIMO POR ALIMENTOS: L.C.A. c/ A.G.L.”, en el que se dispone a fs 20 homologar convenio de alimentos por el cual el Sr. L. se obliga a pasar el 25 % de lo que percibe como empleado previas deducciones de ley, a favor de su cónyuge L.C.A. y de su entonces hijo por nacer.-

2).- Que conforme surge de documental de fs 3, las partes del presente proceso se encuentran divorciados, mediante sentencia recaída el 30 de septiembre de 2016 en los autos caratulados “DIVORCIO: LOPEZ, A.G. c/A., L.C.” Expte Nº A- 07006/10, en trámite por ante la Vocalía IX de la Sala III del Tribunal de Familia de este Centro Judicial San Pedro de Jujuy.-

3).- Que del certificado de nacimiento original obrante a fs 4 surge que la por entonces persona por nacer, actualmente tiene 17 años y se llama C.N.L..-

4).- Que el actor solicita “…el cese del embargo de haberes establecido por esposa, debiendo quedar establecido en forma definitiva y hasta que la misma sea mayor de edad, en un QUINCE POR CIENTO (15%)…”.-

5).- Que, además de la incomparecencia acreditada en autos de la demandada, atento lo establecido por el art. 432 CCy C, cuya aplicación corresponde conforme el art. 7 de ese mismo cuerpo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR