Sentencia nº 15293 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 26 de Mayo de 2017
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18 |
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. Nº D-015293/16 Caratulado:
Ejecutivo: A.S.D. c/ J.A.A.
,
de tramite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Nº 9 Secretaria Nº 18, del Centro Judicial
S.P., del que;
RESULTA:
Que a fs. 9/11 se presenta el Sr. A.S.D. por
sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. Juan
Eduardo Oriz, a ejecutar la suma de pesos Doce Mil ($12.000)
en concepto de capital en contra de J.A.A.,
exponiendo que la suma demandada lo es en virtud de un
pagaré, cláusula sin protesto, no abonado por la accionada a
su vencimiento. Solicita además embargo preventivo,
intereses, y costas. Invoca derecho, y peticiona.
Y CONSIDERANDO:
Que, presentada la demanda se ha despachado mandamiento de
intimación de pago, citación de remate (fs 12), y se
comisiona para el cumplimiento de la diligencia al Sr. Juez
de Paz con competencia en Libertador General San Martín.-
Que, citada de remate en legal forma la parte demandada (
fs.15/16) éste no se presentó a oponer excepciones legítimas
dentro del plazo que se fijara y que se encuentra vencido,
por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento
decretado oportunamente, mandando llevar adelante la presente
ejecución con imposición de costas a la demanda vencida.
Cabe no obstante diferir regulación de honorarios, hasta la
etapa de ejecución.
Que, en virtud de lo expresado y lo dispuesto por el art. 17
de CPC, es que;
RESUELVO:
I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en
contra del Sr. J.A.A., y hasta hacerse el
acreedor integro pago del capital reclamado de pesos Doce Mil
($12.000) con más sus intereses legales computándose a tal
efecto la tasa de interés activa promedio que fija
mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus
operaciones de descuento de documentos...
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