Sentencia nº 199810 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 5 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2017
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 05 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, reunidos en dependencias de la Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy, los S.J.R.A.F. y S.D., por habilitación, bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el expediente Nº B-199.810/08, caratulado: “Recurso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: L.I. y otros c/ Estado Provincial”, debiendo emitir sus respectivos votos en el orden indicado.

Luego de la deliberación, la Dra. F. dijo:

Que a fojas 53/67 se presenta la Dra. C.M.C., en representación de I.L.; R.A.G.; C.A.C. y M.R.P., a mérito de las copias juramentadas de Poder General para Juicios obrante a fojas 1/5, y de los herederos de H. delV.C., fallecido a la fecha según testimonio de fojas 12, e interpone demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción en contra del Poder Ejecutivo Provincial - Estado Provincial.

Pretende concretamente se revoque parcialmente el Decreto Nº 1778-S-2008, para ordenar el reconocimiento y pago del plus por insalubridad con carácter retroactivo al año 1983, con más intereses desde que son debidos y hasta su efectivo pago, y costas.

Que al reseñar antecedentes afirma que los actores, empleados de Sección Imprenta del Ministerio de Bienestar Social, presentaron con posterioridad al año 1977 diversas notas a los fines de solicitar se constate la insalubridad en el sector que se desempeñan, de las que nunca obtuvieron respuesta.

Que mediante nota de fecha 02/04/03 solicitaron la aplicación analógica de la Ley Nº 3989/83 para el reconocimiento del plus por tareas insalubres, y con sustento además en la Ley Nº 4137/84, con la que se forma el expediente administrativo Nº 0700-328/03.

Que en dichas actuaciones se dicta la Resolución Nº 001978-BS-2005, que, soslayando todos los informes favorables, rechaza la presentación de los agentes.

Que en contra de aquel acto, se interpuso recurso de revocatoria que tramitara por expediente Nº 0700-00366-2005, y al no obtener respuesta, deducen el pertinente recurso jerárquico mediante expediente Nº 200-517-2005, el que, tras haber promovido acción de amparo por mora, concluye con el dictado del Decreto Nº 1778-S-2008, que por esta vía se impugna.

Replica argumentos con cita de doctrina y jurisprudencia que considera aplicable al caso y a la que me remito brevitatis causae; ofrece prueba y peticiona.

Integrado el Tribunal (fojas 69 vuelta) y previo dictamen del Ministerio Público Fiscal (fojas 70), se confiere traslado al Estado Provincial (fojas 71), para presentarse a fojas 85/96 en su nombre, el Dr. G.A.T. conforme copia juramentada de Decreto de designación obrante a fojas 84, con el patrocinio letrado del Dr. P.M.P.L., oponiéndose al progreso de la presente acción. Con imposición de costas a la actora.

En primer lugar opone excepción de prescripción, con cita de la normativa aplicable, para concluir que se encuentran prescriptos para los recurrentes los períodos 1983/1997 y enero a marzo de 1998.

Que en Capítulo IV al...

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