Sentencia nº 84230 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 22 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS:

Los del Expte. N.. C-084230/17, caratulado:

EJECUTIVO: CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL DE ABOGADOS

Y PROCURADORES DE JUJUY - CAPSAP c/ MEDINA, SEBASTIAN

ANDRES.

y,

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 18/19 el DR. GARCIA, J.E. en nombre y

representación de CAPSAP da cuenta del Convenio de

Reconocimiento de Deuda y Pago arribado con el Dr. MEDINA,

S.A., D.N.I. Nº 25.064.379, actuando por sus

propios derechos, para dar fin al presente litigio y solicita

su homologación.-

Que, en virtud de lo normado por los art. 1641, 1643 y

ccs del Código Civil y Comercial de la Nación, lo reglado por

el Art. 121 del CPC y conforme Doctrina sentada por el

Superior Tribunal de Justicia en los autos:”Marta Toconas C/

Empresa Regam”, y “Toconas, D.M. c/Telecom Argentina

S.A.”, solo cabe tener presente el Acuerdo celebrado entre

las partes.-

Que, por todo ello el Juzgado:

RESUELVE:

  1. Tener presente por cuanto por derecho hubiere

    lugar, sin perjuicio de terceros y con los alcances y

    efectos expresados en los considerandos de éste decisorio el

    convenio manifestado a fs. 18/19 cuyas fotocopias

    certificadas se agregan a la presente, siendo las mismas

    parte integrante de la resolución y que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR