Sentencia nº 79634 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 9 de Mayo de 2017
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5 |
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. C-079634/16 caratulado “EJECUCIÓN DE
HONORARIOS: CAMU, D.H. c/ Forestal Norteña S.A.”,
del que
RESULTA:
Que a fs. 8 se presenta el Dr. D.H.C., por sus
propios derechos promoviendo Ejecución de Honorarios en
contra de Forestal Norteña S.A., a fin de obtener el pago de
la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES
($.5453) por capital, con más sus intereses y costas.-
Que a fs. 10 se ordena requerir de pago a la demandada,
conforme lo dispuesto en el art. 472 y ss. del C.P.C., lo que
se efectiviza a fs. 14.-
CONSIDERANDO:
Que se promueve la presente acción con base en una resolución
judicial, firme y consentida, por la que se regularon
honorarios y se fijaron los intereses que los mismos
devengarían.
Que intimada de pago y citada de REMATE, la parte demandada
no opone excepciones legítimas dentro del término previsto
para hacerlo
Que, por lo tanto, corresponde hacer efectivo el
apercibimiento decretado a fs. 10, mandando llevar adelante
la presente ejecución seguida por el Dr. D.H.C.
en contra de Forestal Norteña hasta hacerse el acreedor del
íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de
PESOS CINCO MIL CUATROCINETOS CINCUENTA Y TRES ($5.453) con
más los intereses dispuestos en el punto 4 de la sentencia
dictada el día 29 de diciembre de 2015 en el Expte. C-
045454/15 caratulado “APREMIO: Municipalidad de Palpalá c/
Forestal Norteña S.A.” que corre agregado por cuerda.
Que en virtud del principio objetivo de la derrota, las
costas deben imponerse a la parte vencida (art. 102 C.P.C.).
Que en relación a los honorarios del Dr. D.H.C.,
se regulan en la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE CON
SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($1.817,67), de conformidad con lo
dispuesto por los arts. 2 y 23 de la Ley 1687, los que
devengarán los mismos intereses que los dispuestos en la
sentencia referida anteriormente.
Por lo expuesto y conforme lo disponen los arts. 485 y 489
C.P.C., el Juzgado:
RESUELVE:
-
Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por
el Dr. D.H.C. en contra de Forestal Norteña S.A.
hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital
reclamado, o sea la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y TRES ($5.453) intereses dispuestos en el punto 4
de la sentencia dictada el día 29 de...
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