Sentencia nº 75030 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 26 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5 |
AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº C-075030/16, caratulado
Sucesorio ab intestato FABREGO, M.A.
del que:
RESULTA:
Que a fs. 22/23 se presenta el Dr. Fabian Hugo
JIMENEZ, apoderado de A.P.A., D.J.,
S.H. y M.A.F., promoviendo Juicio
Sucesorio del señor M.A.F..
Que a fs. 37 se ordena la apertura de la sucesión y
se manda a publicar edictos citatorios.
Que a fs. 42 se presenta el Dr. F.H.J.,
en representación de A.C. y A.R.F..
Que el plazo de publicación de edictos venció sin que
comparezcan, además de los nombrados, otras personas
reclamando derechos en esta sucesión (fs.56/59).
Que la audiencia prevista por el Art. 437 C.P.C., se
lleva a cabo a fs. 64.
Que, conferida vista al Ministerio Público Fiscal, el
mismo se expide favorablemente a fs. 74 de autos, y
CONSIDERANDO:
Que con el acta de defunción de fs. 4 se acreditan el
fallecimiento del señor M.A.F., DNI.7,289,231,
hecho acaecido el día 31 de marzo de 2014, en la ciudad de
San Salvador de Jujuy, Departamento. Dr. M.B.,
provincia de Jujuy, República Argentina.
Que con el acta de matrimonio de fs. 5 se acredita el
matrimonio del causante con la señora A.P.A.,
que tuvo lugar el día 21 de septiembre de 1979.
Que con las actas de nacimiento de fs. 6/10 se acredita
que C.M.A., D.J., A.R.,
S.H. y A.C.F., son hijos del
Causante.
Que a mérito de ello y atento a lo dispuesto por los
arts. 2278, 2337, 2424, 2426 y 2433 y ccdts. del C.C.C.N. y
lo establecido por el Art. 438 del C.P.C., el Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de la
Provincia de Jujuy,
RESUELVE:
-
-Declarar que por el fallecimiento del señor Miguel
Angel FABREGO, DNI.7,289,231, hecho acaecido el 31 de marzo
de 2,014, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento
Dr. M.B., provincia de Jujuy, República Argentina,
le suceden como únicos y universales herederos en cuanto por
derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, su cónyuge
supérstite, señora A.P.A., DNI.13,367,259, sin
perjuicio de los derechos que le pudieran corresponder como
socia de la sociedad conyugal y sus hijos, Claudio Miguel
Angel FABREGO,DNI.26.451.713, D.J.F.,
DNI.27.401.820, A.R.F., DNI.30.012.003
, S.H.F., DNI.36.756.565 y Adriana Carlota
FABREGO, DNI.33.681.019, a quienes se les reconoce la
posesión de la herencia, en los términos del art. 2337 del
-
-Mandar cesar la intervención...
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