Sentencia nº 19188 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 11 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16 |
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº D-
019188/17 caratulado: “EJECUTIVO: CASTILLO SACIFIA C/ ARMANDO
MIGUEL TOLABA” del cual:
RESULTA: Que a fs. 13 se presenta el Dr. JUAN PABLO
GOMAR en nombre y representación de la firma CASTILLO
SACIFIA, promoviendo juicio ejecutivo en contra del Sr.
A.M.T., procurando el cobro de la suma de
PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 31/100 ($
11.396,31) en concepto de capital, con más intereses y
costas. Invoca derecho, y peticiona.
Manifiesta que la deuda proviene de 2 pagares a la vista
con cláusula sin protesto, suscriptos por el demandado los
cuales se encuentran vencidos e impagos.
Que librado el pertinente mandamiento de intimación de
pago, embargo, constitución de domicilio legal y citación de
remate, diligenciado el mismo a fs. 21 el demandado no
compareció a estar en juicio.
Que a fs. 22 la actora solicita se dicte sentencia y,
CONSIDERANDO:
-
- Que, en el caso son aplicables los artículos 485, 489 y
cctes. del CPC.-
-
- Que citada en legal forma de remate la parte demandada,
esta no se presento a oponer excepciones legitimas dentro del
plazo que se fijara, el que se encuentra vencido, por lo que
le corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado
oportunamente.-
-
- En cuanto a las costas, corresponde aplicarlas al
demandado vencido (art. 102 del C.P.C.).
-
- Con respecto a los intereses punitorios, teniendo
presente que los que surgen de las condiciones generales
establecidas en los instrumentos son excesivos, considero
necesaria su morigeración y que los mismos sean fijados
judicialmente, siguiendo el criterio observado por el S.T.J.
en la causa: “INDEMNIZACION…: ZAMUDIO, S.Z.C.A.,
Y. y otros”.- L.A. 54 Fº 673/678 Nº235. En consecuencia,
corresponde aplicar al capital reclamado por la Actora en la
demanda, el interés a la Tasa Activa cartera general (
prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de
la Nación Argentina, con más un interés punitorio
equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y
hasta su efectivo pago.-
Por todo ello, es que el Juzgado
RESUELVE:
-
Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida
en contra del Sr. A.M.T. hasta hacerse el
acreedor integro pago del capital reclamado de PESOS ONCE MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 31/100 ($ 11.396,31).- Dicho
monto devengara desde la mora del deudor hasta su efectivo
pago, un interés igual a la a la Tasa...
-
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