Sentencia nº 243236 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 15 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2017
EmisorTribunal del Trabajo Sala I

///

VISTO: este expte. B-243236/10 caratulado: “Diferencias salariales: SIMON, S.R. c/ OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 102 la Dra. Nivea del Valle Adera con el patrocinio letrado de la Dra. N.C.G. observa el auto de apertura a pruebas de fecha 31/07/17 (fs. 91 y vta).-

Que la letrada afirma que en dicho proveído se ha omitido proveer el conteste del traslado de hechos nuevos.-

Que a mérito de lo solicitado surgiendo de las constancias de autos que le asiste razón, de conformidad con lo normado por el artículo 58 del Código de Procedimientos laboral, hágase lugar a la observación efectuada.

En consecuencia, a la CONTRAPRUEBA OFRECIDA POR LA PARTE ACTORA A FS. 11/12: Puntos 1 y 2 primer párrafo las testimoniales ofrecidas, ténganse presente para el momento de fijar audiencia de vista de la causa y solo en cuanto a los hechos nuevos ofrecidos. Punto 2 segundo párrafo, habiéndose presentado la documentación mencionada en copias certificada y simples conforme cargo actuarial de fs. 12, su valor probatorio será merituado en oportunidad de dictarse sentencia. Al punto 3, como se pide, líbrese oficio a la Dirección Provincial del Trabajo, facultando a la parte para la confección y diligenciamiento del mismo, los que deberá presentar para control y firma del actuario. Punto 4, téngase presente para ser valorado en su oportunidad.

Por ello el Tribunal del Trabajo, Sala I - de la provincia de Jujuy,

RESUELVE: I.- Hacer lugar a la observación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR