Sentencia nº 14694 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 6 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17 |
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AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº D-14694/16 caratulado “Información sumaria para acreditar convivencia anterior al fallecimiento, solicitada por CHAILE. M.L.”, que tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17, del que:
RESULTA: Que a fs. 12 se presenta la SRA. M.L.C.D. Nº 16.233.937, con el patrocinio del letrado DR. N.M.G., por constituido domicilio legal y por parte, en tal carácter promueve información sumaria para acreditar que su representada convivo en público y pacifico concubinato con el SR. AURELIO GUTIERREZ desde hace mas de treinta y tres años, hasta que se produce el deceso del mismo, ofrece pruebas y peticiona para que se haga lugar a la solicitud planteada.
Que a fs. 48 se corre vista al Ministerio Público Fiscal para que se sirva dictaminar en la causa.
Y CONSIDERANDO: 1.- La procedencia de la demanda, hecho acreditado merced a la producción de la totalidad de las pruebas ofrecidas en apoyo a dicha pretensión y que rolan agregadas en autos, todas las cuales son valoradas conforme los principios de las reglas de la sana crítica; con especial referencia al informe de encuesta socio-ambiental que rola a fs. 44/45 y 46 de la que se colige la veracidad de lo invocado en el escrito inicial en cuanto a la relación concubinaria se refiere.
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- Que, se han merituado las demás pruebas incorporadas, esto es: a fs. 03 acta de defunción de G.A., a fs. 04 copia simple de DNI de C.M.L., a fs.05 copia simple de DNI de G.G.M. delV., a fs. 06 copia simple de DNI de G.A.M., a fs. 07 Acta de Nacimiento de G.G.M. delV., a fs. 08 Acta de Nacimiento de G.A.M., a fs. 09 exposición policial, a fs. 10 copia certificada de nota dirigida a la Municipalidad de la localidad de Calilegua, a fs. 11 copia certificada de factura, a fs. 35/37 y 39 declaraciones testimoniales.-
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- Que, a fs. 52 el representante del Ministerio Público Fiscal se ha expedido con sentido favorable respecto de la petición.
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