Sentencia nº 12983 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 13 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2017
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

San Salvador de Jujuy, 13 de septiembre del dos mil diecisiete.-

AUTOS Y VISTOS:

Los del Expediente: C-012983/13 caratulado “INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DEL TRABAJADOR (ART.248 LCT): MENECES, VIRGINIA BEATRIZ C/ BE-RRUEZO, M.J.”; de donde:

RESULTA:

Que a fojas 205 de autos las partes arriban a un convenio de pago, cuya homologación solicitan.-

CONSIDERANDO:

Que el acuerdo fue ratificado por la actor conforme acta obrante a fs. 208 y del análisis comparativo de los términos en que fuera concebido el mis-mo con las constancias de autos surge que “representan una justa composi-ción de los derechos e intereses de las partes” (Art. 15 de la L.C.T.); ergo la homologación deviene ajustada a derecho.-

Téngase presente lo acordado respecto de los honorarios profesionales de los letrados intervinientes.-

Firme que estuviera el presente ordenase la devolución de la docu-mental reservada en caja fuerte que fuera presentada oportunamente haciéndoles saber a los interesados que las mismas se encuentran a su dispo-sición por Secretaría durante Cinco Días vencidos los cuales serán remitidas junto con el expediente al Archivo.-

Por todo lo anterior, la SALA II DEL TRIBUNAL DEL TRABAJO de la provin-cia de Jujuy, fallando en...

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