Sentencia nº 88600 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13, 5 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13

.

AUTOS Y VISTOS: El Expediente Nº C-088600/17,

Ejecutivo:

Frigorífico Los Alisos S.R.L. c/ Berst S.R.L.

, y;

CONSIDERANDO:

  1. Se presenta el Dr. E.E.U., en nombre

    y representación de la razón social FRIGORIFICO “LOS ALISOS

    S.R.L.” a mérito de la fotocopia juramentada de poder

    especial para juicios de fs. 6/7 de autos y deduce juicio

    ejecutivo en contra de BERST S.R.L. por la suma de SESENTA

    MIL CUATROCIENTOS SIETE PESOS ($60.407,00).

    En el relato de los hechos señala que la deuda cuya

    ejecución se persigue proviene de tres cheques al portador

    Series A 01547839, A 1547830 y A 01547821, suscriptos por el

    demandado, cuyos vencimientos operaron los días 7 de Julio

    del año 2016, 22 de Julio del 2016 y 20 de Junio del 2016,

    librados contra el Banco Masventas Sucursal de la ciudad de

    San Salvador de Jujuy que fueron presentados para su cobro y

    rechazados por estar la cuenta “sin fondos” librados.

    Expresa que su mandante se encuentra legitimado para

    ejercer la presente acción por ser el portador de dichos

    instrumentos. Dice el derecho a aplicar, ofrece prueba y

    solicita se haga lugar a la demanda con imposición de costas.

    Intimado de pago y citado de remate en legal forma (fs.

    31/32) se presenta el Dr. D.R.G. en nombre y

    representación del Berst S.R.L. oponiendo excepción de pago

    parcial e inhabilidad de título por falta de legitimación,

    expresando que si bien su mandante libró los citados valores

    al portador

    , el cheque Nº 01547821 por $16.740,00-y

    vencimiento el 20 de Junio de 2016 y el cheque Nº 01547839

    por $20.500,00-y vencimiento el 07 de Julio de 2016-fueron

    pagados a M.B.A.- socia gerente del

    Frigorífico Los Alisos- luego de ser rechazados por el banco

    girado (Banco “Mas Ventas”), el día 13 de Julio de 2.016, en

    pago que no registra reserva alguna en concepto de intereses.

    Ello consta en los recibos con firma certificada de la socia

    gerente de la actora, debidamente recepcionados en el Banco

    Mas Ventas conforme la Reglamentación del BCRA. Refiere, que

    dos de los cheques fueron pagados inmediatamente de

    rechazados por el banco por un total de $37.240 ($16.740 más

    $20.500) monto por el cual opone excepción de pago e

    improcedencia de intereses por ausencia de reserva alguna.

    En cuanto al cheque Nº 01547830 por $ 23.167,00 dice

    que

    su mandante jamás fue informado de su rechazo por el BCRA y

    tampoco fue intimado de pago. Asimismo, respecto del cheque

    Nº 01547821 el actor no acredita su legitimación activa ya

    que no figura en la cadena de endosos ni fue cedido el

    crédito con la firma ulterior al rechazo bancario, dejando a

    todo evento planteado esta situación al margen de haber

    expresado que de tal valor no se adeuda suma alguna. Ofrece

    prueba, cita derecho y solicita el rechazo de la acción con

    costas.

    Corrido traslado es contestado a fs. 53/55 al que me remito

    para ser breve.

    A fs. 59 se llama autos para sentencia, providencia que a

    la fecha se encuentra firme y consentida.

  2. En primer lugar debo decir que la...

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