Sentencia nº 85819 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3, 12 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº C-085819/17,

caratulado: “SUCESORIO AB-INTESTATO: VILCA, SEBASTIAN

RODOLFO”, y = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

= = = = = = = = C O N S I D E R A N D O = = = = = = = = = = =

Que a fs. 44 de los presentes autos la SRA. S.C.,

con el patrocinio letrado del D.J.A.A.,

interpone A. en tiempo y forma, en contra de la

Sentencia de fs. 42 de fecha 18/08/17, por los fundamentos

que allí expresa y a los que me remito.- Asistiéndole razón a

la misma y de conformidad a lo que dispone el Art. 49 del

C.P.C., corresponde ACLARAR el Punto 1) del Resolutorio y

DONDE DICE: “1) Declarar que por fallecimiento del SR.

R.V., hecho ocurrido........., le sucede como su único y

universal heredero, su hijo FRANCISCO MARIANO VILCA

CHUCHUY,.......”; DEBE DECIR: “1) Declarar que por fallecimiento

del SR. R. V. D.N.I. Nº 31.590.246, hecho

ocurrido........., le sucede como su único y universal heredero, su

hijo F. M. V. C. D.N.I. Nº

45.881.282”.- - - - - - - - - - - = = = Por todo ello es

que, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

Nº 2, DE LA PROVINCIA DE JUJJUY,= = = = = = = = = = = = = =

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = R E S U E L V E =

= = = = = = = = = = = = = 1) Tener por deducida en tiempo y

forma la Aclaratoria interpuesta por la parte

actora.- - - - - - -- = = = 2) Hacer lugar a la aclaratoria

interpuesta a fs. 44 en virtud de lo establecido por el Art.

49 del C.P.C. de la Pcia., y en consecuencia ACLARAR el

punto 1) de la Resolución de...

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