Sentencia nº 13 de SUPREMA CORTE DE MENDOZA, SALA N° 1, 27 de Marzo de 2017

PonentePÉREZ HUALDE - GÓMEZ
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE MENDOZA - SALA N° 1
MateriaRECURSO EXTRAORDINARIO - RECHAZO FORMAL - RESOLUCIONES INAPELABLES - REPOSICION IN EXTREMIS - SUSPENSION DEL PLAZO

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA PRIMERA

PODER JUDICIAL MENDOZA

foja: 55

CUIJ: 13-03984849-4/1((010301-51132))

D.M.A. EN J° 251445 / 51132 SIMA SRL C/DALMAU MARTIN ALBERTO P/EJEC. HIPOTECARIA P/ REC.EXT.DE INCONSTIT-CASACIÓN

*104039402*En Mendoza, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil diecisiete, reunida la Sala Primera de la Excma. Suprema Corte de Justicia, tomó en consideración para dictar sentencia definitiva la causa n°13-03984849-4/1, caratulada:“D.M.A. EN J° 251445 / 51132 SIMA SRL C/DALMAU MARTIN ALBERTO P/EJEC. HIPOTECARIA P/ REC.EXT.DE INCONSTIT-CASACIÓN”-

De conformidad con lo decretado a fojas 53 quedó establecido el siguiente orden de estudio en la causa para el tratamiento de las cuestiones por parte de los Señores Ministros del Tribunal: primero:DR. A.P.H.; segundo:DR. J.H.N.;tercero:DR. JULIO R.G..

ANTECEDENTES:

A fs. 19/26 la recurrente por intermedio de apoderado dedujo recursos extraordinarios de Inconstitucionalidad y de Casación contra las resolucioness dictadas por la Primer Cámara de Apelaciones de la Primera Circunscripción Judicial a fs. 310 y 316 de los autos n° 13-00774034-9/51132, caratulados: “SIMA SRL C/ DALMAU MARTIN ALBERTO P/EJEC.HON.”

A fs. 34 y vta. se admiten, formalmente, los recursos deducidos, ordenándose correr traslado a la contraria, quien a fs. 38/41 contesta y solicita el rechazo con costas.

A fs. 47/48 obra el dictamen del Sr. Procurador General quien, por las razones que expone, aconseja el rechazo de los recursos.

A fs. 53 se llama al acuerdo para sentencia y a fs. 54 se deja constancia del orden de estudio en la causa por parte de los señores Ministros del Tribunal.

De conformidad con lo establecido en el art. 160 de la Constitución de la Provincia, esta S. se plantea las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTIÓN:¿Son procedentes los recursos interpuestos?

SEGUNDA CUESTIÓN: En su caso, ¿qué solución corresponde?

TERCERA CUESTIÓN: C..

A LA PRIMERA CUESTIÓN EL DR. A.P.H. , DIJO:

La empresa SIMA SRL, promovió en contra de la demandada ejecución hipotecaria con sustento en una escritura de mutuo hipotecario, por la suma de pesos 86.800 con más intereses punitorios pactados y costas.

La demandada se opuso al progreso de la ejecución, dedujo diversas excepciones y ofreció pruebas. El Tribunal de origen rechazó las excepciones articuladas y condenó al pago de la suma reclamada, con más los intereses punitorios pactados desde la fecha de la mora (10/5/2009). Apeló la demandada y el Tribunal de Apelaciones rechazó el recurso.

En la etapa de ejecución de sentencia el demandado efectuó depósito por la suma de $119.500 en concepto de capital e intereses. Una vez libradas las ordenes de pago en favor del actor y de sus profesionales, se practicó por Secretaría la correspondiente liquidación (fs.278/280), que fue impugnada por la demandada...

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