Juzgado de Primera Instancia, documento núm. 296802

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2017
EmisorJuzgado Primera Instancia
Fecha de la disposición26 de Enero de 2016

El Juzgado de Primera Instancia de Distrito, Civil, Comercial y Laboral de San Justo, Santa Fe, a cargo de la Dra. Laura M. Alessio, Secretaria a cargo Dra. María Alejandra Gioda, hace saber que en autos: “RAMELLA, ADRIAN RICARDO s/Quiebra”, Expte. N° 974/2.013, se ha dispuesto la publicación por dos días (2) del presente Edicto, a tales fines, se transcribe decreto que así lo dispone: “San Justo, 22 de Junio de 2.016 Atento a las constancias de autos, y no habiendo verificaciones de créditos presentas, sin perjuicio de eventuales incidentes de Verificación Tardía, resulta innecesario el dictado de resolución prevista en el Art. 36 de la LCQ. Proveyendo cargo 3530 (fs. 129): Téngase presente el informe general presentado. Proveyendo cargo 3531 (Fs. 133 vto.): Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquese los edictos conforme a lo establecido en el art. 218 LCQ. Notifíquese”. Fdo.: Dra. Laura M. Alessio (Jueza); María Alejandra Gioda (Secretaria). Artículo 24 Ley Nº 6767. El profesional interviniente podrá solicitar la regulación de sus honorarios ante el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en turno, del lugar donde se hubiere tramitado el asunto. Subsiguientemente, se procederá: a) El Juez hará la estimación con vista a las actuaciones administrativas y sin substanciación. La regulación será notificada a la parte contra quien se hubiere solicitado, en su domicilio real y...

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