Sentencia nº 67110 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 20 de Febrero de 2017

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

AUTOS Y VISTOS

: el presente Expte. Nº

C-067110/16

,

caratulado:

"INFORMACION SUMARIA POR RECTIFICACION DE PARTIDA

DE NACIMIENTO: GALLARDO, R.E..-“

, del que

-

C O N S I D E R A N D O

:

A fs 33/vta, obra Sentencia ordenando la

RECTIFICACION DE LAS PARTIDA DE NACIMIENTO de los señores: “

R.E.G.

, nacida en Colonia Santa Rosa –

Dpto Orán – Prov de Salta, el 17 de Agosto de 1974, Inscripto

Acta 214 – Folio 218 – Tomo 40 – Año 1974, debiendo consignar

correctamente, los datos de los Padres de la nacida, señores

GENARO GALLARDO

-

DNI Nº 93.954.883

y

A.V.T.

DNI Nº 94.598.112

y no como oportunamente se consignara

S/D y

ANA TAPIA

.-

.-“

A fs 37, se presenta el Dr SERGIO MARCELO CAU

LOUREYRO, Defensora Oficial Civil, solicitando: se consigne

correctamente el nombre de la madre de su representada:

señora

A.V.T.F.

DNI Nº 94.598.112

y no

como oportunamente se consignara:

A.V.T.

.-

Que, habiéndose deslizado un error al consignar los

datos de la madre de los nacidos y a fin de evitar un

desgaste jurisdiccional innecesario, el Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil y Comercial número siete

R E S U E L V E

:

  1. )

    Rectificar el punto I de la parte resolutiva de

    la Sentencia de fecha Diciembre 22 de 2016, obrante a fs

    33/vta, el que quedará redactado de la siguiente manera:”

  2. )

  3. )

    Hacer lugar a la presente

    INFORMACION SUMARIA

    , promovida y

    en consecuencia ordenar la Rectificación de las Partidas de

    NACIMIENTO

    de

    R.E.G.

    , nacida en Colonia

    Santa Rosa – Dpto Orán – Prov de Salta, el 17 de Agosto de///

    ///1974, Inscripto Acta 214 – Folio 218 – Tomo 40 – Año 1974,

    debiendo consignar correctamente, los datos de los Padres de

    la nacida, señores

    GENARO GALLARDO

    -

    DNI Nº 93.954.883

    y

    A.V.T.F.

    DNI Nº 94.598.112

    y no como

    oportunamente se consignara

    S/D y “ANA TAPIA”

    .-

  4. )

    O. al REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD

    DE LAS PERSONAS DE LA PROVICNIA DE SALTA, con transcripción

    de la parte resolutiva de la presente, debiendo la promotora

    acreditar su diligenciamiento dentro de los VEINTE DIAS de

    notificada la presente, acreditado lo cual se archivara la

    causa, por haber concluido.-

  5. )

    ...

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