Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Agosto de 2009, P. 832. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 832. XLIV.

RECURSO DE HECHO

P., S.A. c/G., M.A..

Buenos Aires, 18 de agosto de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la defensora oficial de F.P. en la causa P., S.A. c/ Girolimi, M.A., para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y, previa devolución de los autos principales, archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por M.C.M.C., Defensora Pública de Menores e Incapaces, en representación de F.P..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala E.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 69.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR