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EmisorInstituto de Juegos y Casinos
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2016

RESOLUCIÓN

DE DIRECTORIO Nº 1.029

Mendoza, 23 de noviembre de 2016

Visto: El Expte. 06506-D-16-02690-E-0-6, carat., "I.P.J.C. (Unidad Técnica) - s/Reglamento Uso de la Membresía Casino Plus CM", y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/27 el Gerente la Unidad técnica de Mercado y Juegos eleva proyecto de Resolución de Reglamento General y Uso del Programa de Membrecía "Casino Plus CM".

Que se hace necesario contar con este reglamento, a través del cual, los clientes sepan cuáles son sus derechos y cuales las obligaciones del IPJC.

Que en el mismo se establece el funcionamiento, los beneficios, como acceder a ellos, formas de canjes y todo lo relacionado.

Que este reglamento es exigible por la Ley de Defensa al Consumidor entre otros.

Que es claro también, que todo Casino competitivo debe contar con un sistema de Fidelización, a fin de captar aquellos clientes que eligen a los Casinos de la marca Casino de Mendoza.

Que actualmente, de los Casinos que posee el IPJC, los principales poseen sistema de Fidelización (PT), por lo que es necesario también reglamentar su funcionamiento.

Que también es cierto, el rápido avance de la tecnología en la materia, sobre todo lo relacionado con sistemas de fidelización, la cual está destinada al cliente que asiste a los Casinos, lo que hace necesario contar con nuevas tecnologías y servicios, destinados a potenciar y clarificar los servicios ya brindados.

Que, dado la implementación ya está siendo aplicada, de la marca especial exclusiva, que se denomina "Casino Plus CM", se hace necesaria la generación de un reglamento que establezca las condiciones para ser miembro del mismo, como así también el manual de uso y beneficios de dicho Club.

Que el IPJC ya procedió a registrar su marca "Casino Plus CM".

Que también se hace necesario contar con una norma específica, a fin de que sea posible que organismos de control, como por ejemplo la Contaduría General, el Tribunal de Cuentas, la Sindicatura y la Auditoría Interna del IPJC, tengan referencias claras y específicas al respecto, normativas que deben también reglar el desempeño de quienes integran Sistema.

Que, muchos de los beneficios de la membrecía son provistos en forma conjunta entre el IPJC y los proveedores del servicio de máquinas de los Casinos, por lo que debe haber reglas claras al respeto a fin de delimitar responsabilidades y los compromisos.

Que también es necesario definir los responsables de "La Administración" del Sistema.

Que también que esta norma contemple los derechos de los apostadores de nuestros Casinos.

Que a fs. 28 toma conocimiento Gerencia General.

Que a fs. 29 Gerencia Comercial realiza observaciones al Art. 54 de Condiciones Generales de dicho Reglamento y al Art. 21 de Condiciones Particulares.

Que a fs. 30 obra el visto bueno de Asesor de Gerencia General y a fs. 31 toma conocimiento Gerencia General.

Que a fs. 32, Asesoría Letrada dictamina que analizado el proyecto obrante a fs. 4/27, estima que no tiene observaciones ni impedimentos legales que formular al mismo, basando su fundamento en las facultades conferidas al directorio en art.

la Ley Provincial Nº 6362.

Por ello, y lo resuelto en Acta de Directorio N° 47/16, Tema: 2

EL DIRECTORIO

DEL INSTITUTO PROVINCIAL

DE JUEGOS Y CASINOS

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébese el "Reglamento General y Uso del Uso del Programa de Membrecía "Casino Plus CM (Anexos I y II)", que se implementará en el Casino de Mendoza (Central y Casinos Departamentales que posean PT).

Artículo 2º

Establézcase que "la Administración" del Programa estará integrada por la Subgerencia Comercial, la Subgerencia de Tragamonedas y la Unidad Técnica de Mercado y Juegos y dependerá directamente de la Gerencia General.

Artículo 3º

Dispóngase, que la Subgerencia de Tragamonedas, de la cual depende los Stand Casino Plus CM, deberá arbitrar los medios para el correcto funcionamiento de la membrecía y atención de los clientes y coordinar, con los asociados a la marca, el correcto funcionamiento (Bares, Restaurant, Confiterías, etc.).

Artículo 4º

Se deberá publicar dicho reglamento en los medios que la Ley establece (Boletín Oficial) como su permanente difusión a través de la Página comercial del Casino de Mendoza.

Artículo 5º

Notifíquese, comuníquese y archívese.

Elsa Josefina Canale

Presidenta IPJC

María Mercedes Rus

Directora IPJC

_____

ANEXO I

REGLAMENTO

DE USO DE LA MEMBRESÍA

CASINO PLUS CM DEL CASINO DE MENDOZA

INSTITUTO PROVINCIAL

DE JUEGOS Y CASINOS

El presente documento regula la forma en que los Socios o Miembros de Casino Plus CM del Casino de Mendoza, acceden al programa de beneficios y recompensas, las modalidades para la obtención de puntos, las categorías de Socios existentes y los premios que el programa considera.

La membrecía, en adelante "el programa", es de propiedad del Instituto Provincial de Juegos y Casinos de la Provincia de Mendoza, en adelante "la Administración", y es administrado por ésta.

I-. De los requisitos

para acceder al Programa

1) Pueden ser Miembros de la membrecía Casino Plus CM, sólo personas físicas/naturales, mayores de 18 años, no importando su nacionalidad ni lugar de residencia, siempre que cumplan con las condiciones de obtención de membrecía y sus restricciones, completen y firmen el correspondiente formulario de inscripción y declaren conocer el contenido del presente reglamento.

2) Las restricciones de obtención de membrecía se encuentran explicitadas en el documento denominado Condiciones Generales de la membrecía Casino PlusCM, que complementa el presente reglamento.

3) Para solicitar la membrecía, se deberá acreditar la edad mínima requerida presentando su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

4) La solicitud de acceso a la membrecía, se efectuará a través del correspondiente formulario de inscripción, disponible en los Stand de Atención al Cliente Casino Plus CM.

5) También se podrá solicitar vía WEB a través del Sitio del Casino de Mendoza, www.casinodemendoza.com.ar

6) En este caso, se deberá ingresar al slider de la Sitio principal "Casino Plus", ingresar a la subSitio "Todavía no sos socio de Casino Plus CM?- Regístrate". Se deberá llenar el formulario que figura y una vez verificado los datos, el cliente podrá retirar su tarjeta del Stand del Casino donde se asoció.

7) La veracidad de los datos entregados a través del formulario de inscripción, como su actualización, son responsabilidad del miembro Casino Plus CM, en adelante "el Socio".

8) En el caso que los datos de contacto no sean actualizados debidamente por el Socio, Casino Plus CM, no será responsable por la falta de entrega o entrega equivocada de la correspondencia asociada al programa.

9) Cualquier cambio de los datos entregados al momento de inscribirse en el programa, deberá solicitarse a través de la WEB en www.casinodemendoza.com.ar

o personalmente a través del Stand de Atención al Cliente Casino Plus CM.

10) Por el hecho de completar el formulario de inscripción, el Socio acepta recibir en su domicilio, o en su cuenta de correo electrónico, o a través de SMS, las comunicaciones asociadas al programa, y demás comunicaciones que Casino de Mendoza y las empresas vinculadas a ésta envíen periódicamente, sea que se relacionen o no al programa conforme se informa en dicho formulario.

11) La periodicidad de las comunicaciones, sean o no asociadas al programa, será determinada libremente por el Casino de Mendoza, pudiendo utilizar medios físicos (correo postal) o bien electrónicos (cuenta e-mail, teléfono u otros).

12) Asimismo, el Socio por el hecho de completar el formulario de inscripción, acepta que Casino de Mendoza pueda disponer de la información por él proporcionada, en beneficio del propio programa, de alguna empresa asociada a Casino de Mendoza de terceros, para brindar al Socio nuevos beneficios, conforme se informa en dicho formulario.

II-. De los Costos de

acceso al Programa.

13) El acceso al programa no tiene costo alguno para toda persona física/natural y en consecuencia consiste en un programa de beneficios para ésta.

14) Por el hecho de inscribirse y ser aceptada su solicitud por parte de Área Atención al Cliente de Casino Plus CM, la persona natural/física recibirá en forma gratuita una tarjeta de membrecía y la documentación básica asociada al programa.

  1. De la Tarjeta de Membrecía

    o Tarjeta Casino Plus CM.

    15) La Tarjeta Casino Plus CM es de exclusiva propiedad del Casino de Mendoza, Unidad Comercial dependiente del Instituto Provincial de Juegos y Casinos de la Provincia de la Provincia de Mendoza. Su uso es personal e intransferible y de responsabilidad exclusiva de su tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que le asista al miembro o poseedor de la misma.

    16) La tarjeta de membrecía tiene impreso el nombre del Socio y dispone de un número único de identificación, o ID Cliente, el cual es el número que permite identificar al Socio para los efectos operacionales asociados al programa.

    17) La persona cuyo nombre figura en la tarjeta de membrecía es la única que tiene el derecho a utilizarla para los fines propios de la membrecía.

    18) La Tarjeta Casino Plus CM no es una tarjeta de crédito ni un documento que acredite identidad, por lo cual otorga solo los derechos indicados en el presente reglamento y en el programa Condiciones Generales de Casino Plus CM, que el Socio puede solicitar o bien acceder a su conocimiento a través de la Sitio web

    www.casinodemendoza.com.ar

    19) En el caso de extravío o robo, el Socio deberá comunicar el hecho inmediatamente Stand de Atención al cliente, Programa Casino Plus CM (www.casinodemendoza.com.ar ).

    20) En caso de extravío o robo, Casino de, Mendoza no se hace responsable ni acepta reclamos por canjes realizados hasta 24 horas luego que el Socio haya declarado el extravío o robo de la tarjeta de membrecía respectiva.

    21) En el caso de extravío, robo o hurto de la tarjeta de membrecía, el Socio...

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