Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba - Sentencia nº de Sala Laboral, 21 de Mayo de 2015

Fecha21 Mayo 2015
Número de registro98167385
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Justicia de Córdoba de Argentina)

SENTENCIA NÚMERO: CIENTO VEINTE.

En la ciudad de Córdoba, a los veintiuno días del mes de mayo del año dos mil quince, siendo día y hora de Audiencia, se reúnen en Acuerdo Público los integrantes de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia, doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel, bajo la presidencia del primero de los nombrados, a fin de dictar sentencia en estos autos: "CUERPO EN AUTOS: MORA ANGEL ANDRES C/ TARQUINO SA – ORDINARIO – ART. 212 LCT – CUERPO DE COPIAS” RECURSO DE CASACION 240480/37, a raíz del recurso concedido al perito psiquiatra oficial, Dr. E.D.E., en contra de la sentencia N° 40/13, dictada por la Sala Segunda de la Cámara Única del Trabajo, constituida en tribunal unipersonal a cargo del señor juez doctor L.F.F. -Sec. N° 3-, cuya copia de la sentencia obra a fs. 13/25 vta., en la que se resolvió: “I.H. lugar a la demanda incoada por el actor por indemnización del Art. 212, cuarto párrafo de la ley 20.744… II. En consecuencia, condenar a la demandada, T.S., a abonar al actor… III. Costas a cargo de la demandada, a excepción del perito psiquiatra de control de la parte actora, el cual es a su cargo. Regular en forma definitiva, los honorarios de los doctores C.G., C.E.G.O., R.C.G.O. y N.G.… Regular los honorarios del letrado apoderado de la parte demandada, Dr. G.T.P.… Regular los honorarios del perito médico oficial, Dra. L.S.M.… Regular los honorarios del Perito psiquiatra de control de la parte actora, Dr. M.E.C.… No regular los honorarios del perito psiquiatra oficial, E.E.. Todo conforme los fundamentos dados en las cuestiones tratadas. IV… VI… VII…”. Oportunamente se fijaron las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION: ¿Se han quebrantado normas prescriptas bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad

SEGUNDA CUESTION: ¿Media violación de la ley sustantiva

TERCERA CUESTION: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar

Practicado el sorteo de ley resultó que los señores vocales emitieron su voto en el siguiente orden: doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel.

A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA:

El señor vocal doctor L.E.R., dijo:

El recurrente se agravia porque el a quo no brindó los motivos por los que descalificó la pericia psiquiátrica oficial y determinó la pérdida del derecho a regulación de honorarios. Sostiene que, si el Juzgador tenía dudas contaba con facultades para llamar al galeno a testificar u ordenar otra medida para mejor proveer. Que, además, se equivocó al apoyar su postura...

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