175958

EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición29 de Junio de 2016

ACUERDO Nº 6.248

(Publicación Abreviada)

Mendoza, 29 de junio de 2016.

Visto la Nota Nº 6821 caratulada “Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza- Actualización Acuerdo sobre montos de Multas”, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 42 de la Ley Nº 1.003 y sus modificatorias establece las bases de cálculo para los casos en los cuales corresponde aplicar multa a los responsables que han incurrido en procedimientos administrativos irregulares en el juicio de cuentas, como así para los casos en que los reparos u observaciones no salvados consisten en no haberse llevado la cuenta conforme a los modelos e instrucciones. Asimismo, dicha norma en su primer párrafo resulta de aplicación en los casos previstos en el art. 25 de la Ley Nº 3308, modificado por el art. 2º de la Ley Nº 4091.

  2. Que, conforme la normativa señalada, la base del cálculo de las multas que aplica este Tribunal es la asignación de la Clase Uno (1) correspondiente al Escalafón para el Personal de la Administración Pública Provincial y Municipal, pudiendo las mismas ascender hasta el décuplo de dicho importe en el primer caso del párrafo anterior y de un tercio en el segundo.

  3. Que, de conformidad con cálculos aritméticos sustentados en informes que le fueran elevados por su Dirección de Administración y previo dictamen de Secretaría Relatora, este Tribunal emitió el Acuerdo Nº 6066 del 5/8/2015, por el que se determinó el monto máximo de multa a aplicar en los casos previstos en el primer párrafo del artículo 42 de la Ley Nº 1.003.

  4. Que, necesariamente, el incremento de las retribuciones asignables al personal comprendido en el escalafón de la Ley Nº 5126 debe servir a una nueva determinación de los montos mencionados, con el objeto de mantener los parámetros de razonabilidad propios de la finalidad que las sanciones pecuniarias persiguen.

  5. Que, consecuentemente y conforme los fundamentos expuestos, corresponde la emisión de un nuevo reglamento de adecuación.

Por ello,

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR