Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Agosto de 2009, C. 56. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 56. XLV.

A., N.B. c/M., R.D. y otro s/ reintegro de hijo.

Buenos Aires, 4 de agosto de 2009 Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por la señora P.F. y por el señor Defensor Oficial ante esta Corte, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n1 23, al que se le remitirán. H. saber al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n1 5 de la Primera Circunscripción Judicial, de la provincia de Corrientes, por intermedio de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de dicha localidad. R.L.L. -E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

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