Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Mayo de 2009, B. 637. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 637. XLIV.

RECURSO DE HECHO

B., S.C. y otro s/ robo calificado.

Buenos Aires, 12 de mayo de 2009 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por S.C.B. en la causa B., S.C. y otro s/ robo calificado", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímase a la parte recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución por la cual se le concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

Hágase saber, devuélvanse los autos principales y archívese. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por S.C.B., acompañada técnicamente por E.A.D., en su carácter de Defensor Oficial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (int.).

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos.

Tribunales que intervinieron anteriormente: Cámara Primera del Crimen de Paraná.

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